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Re: Estado solicitud ingreso minimo vital
Eso que dices es una tonteria sin sentido, sin menospreciar claro, veo que no has leido mi hilo.
Algo que se me habia olvidado comentar es que al principio si se iba a tener en cuenta la vivienda habitual por encima de cien mil euros para el patrimonio pero luego lo quitaron porque no lo cobraria nadie, bueno de hecho no lo cobra nadie.
Aunque se resten los ingresos del año anterior yo podria empezar a trabajar y cobrar 2000€ y seguir cobrando la limosnica de 100€ eso no tiene nada que ver.
Como he dicho en mi hilo para la RMI de la comunidad autónoma se tienen en cuenta únicamente los ingresos del mes anterior.
No hay que anticipar nada, si tu trabajas o tienes un ingreso extra tienes que comunicarlo en un plazo máximo de 30 dias para que no te penalizen como también he dicho. Si dejas de tenerlo deberías poder comunicarlo igualmente. De hecho se dijo y se dice en la web que era un complemento a los ingresos mensuales no a los del año anterior (ya no los tienes ergo no los puedes complementar). Ahora se esta diciendo que se restarían los ingresos del año anterior y también los actuales.
Yo eso no se de dónde viene pero lo dice todo el mundo, la información que se dio era esa y cómo debería funcionar. Te pagarían la diferencia entre la cantidad de la tabla y los ingresos que tengas en el momento de hacer la solicitud y tendrías que notificar que ya no tienes esos ingresos para poder cobrar más, asi es como se supone que iba a funcionar.
Y si que se puede pasar de la RAI al SED y viceversa.
Algo que se me habia olvidado comentar es que al principio si se iba a tener en cuenta la vivienda habitual por encima de cien mil euros para el patrimonio pero luego lo quitaron porque no lo cobraria nadie, bueno de hecho no lo cobra nadie.
Aunque se resten los ingresos del año anterior yo podria empezar a trabajar y cobrar 2000€ y seguir cobrando la limosnica de 100€ eso no tiene nada que ver.
Como he dicho en mi hilo para la RMI de la comunidad autónoma se tienen en cuenta únicamente los ingresos del mes anterior.
No hay que anticipar nada, si tu trabajas o tienes un ingreso extra tienes que comunicarlo en un plazo máximo de 30 dias para que no te penalizen como también he dicho. Si dejas de tenerlo deberías poder comunicarlo igualmente. De hecho se dijo y se dice en la web que era un complemento a los ingresos mensuales no a los del año anterior (ya no los tienes ergo no los puedes complementar). Ahora se esta diciendo que se restarían los ingresos del año anterior y también los actuales.
Yo eso no se de dónde viene pero lo dice todo el mundo, la información que se dio era esa y cómo debería funcionar. Te pagarían la diferencia entre la cantidad de la tabla y los ingresos que tengas en el momento de hacer la solicitud y tendrías que notificar que ya no tienes esos ingresos para poder cobrar más, asi es como se supone que iba a funcionar.
Y si que se puede pasar de la RAI al SED y viceversa.