10 dudas básicas sobre un piso en alquiler y la declaración de hacienda.
Es el primer año que he decidido hacer las declaraciones a la familia, pero sin una buena base voy algo perdido en algunos temas. Así que disculpadme porque preguntaré varias dudas sobre este tema las cuales desgloso para que sea más fácil responder.
Mi hermano tiene su viv habitual y otro piso que tiene alquilado. El alquiler lo formalizó el agosto del 2009.
Duda 1) En la hoja C, en USO del inmueble, como ha sido arrendado solo unos meses, no se si poner caso 1: ARRENDAMIENTO ó 3: A DISPOSICIÓN DE SUS TITULARES Y ARRENDADO. Diría que el caso 1.
Sea el caso que sea, en Rendimiento Neto Reducido me pierdo a la hora de poner los conceptos:
Duda 2) Tipo de rdto: Está alquilado como una vivienda a un chico. Imagino que la opción 1 (50%) es si tiene más de 35 años y opción 2 (100%) si tiene entre 18-35 años, no?
Duda 3) La inmobiliaria nos ha indicado que los ingresos han sido 2800€. Esto es lo que ha pagado el inquilino. A parte el inquilino se paga su luz y agua. Entiendo que los ingresos son pues los 2800. El agua y la luz no se meten como ingreso supongo... En algún sitio he leido que si.
Duda 4) En gastos de reparacion, conservación, financiación. A ver.... por ejemplo, aquí podemos meter los gastos de hipoteca que aun se paga por ese piso. Pero lo pagado de todo el año? o solo de agosto a diciembre? Y otra cosa, en mayo se pagaron el IBI, el seguro, basuras y la comunidad. Pongo como gasto todo esto? o igual que antes, solo la parte proporcional de esos 5 meses? Y los gastos de inmobiliaria tambien se meten no?
Duda 5) En mayo pasado, para alquilar el piso se pintó entero y se amuebló con muebles nuevos. Se considera la pintura y muebles como gastos?
Duda 6) He visto que como gasto, la gente pone la amortización del edificio, mobiliario, etc. Esto lo veo bastante complejo de calcular. Se suele calcular y sumar a los gastos? o la gente suele pasar de esto?
Duda 7) En "Otros gastos deducibles", que se suele poner?
Duda 8) En Cataluña, una deducción autonómica es por alquiler de viv. habitual. Entiendo que no es el caso, puesto que es una segunda vivienda, no? (aunque durante unos años si lo fue). Es que si le doy a la opción, me deja meter hasta 3 viviendas. Y no lo entiendo, porque habitual solo puede haber una, no?
Y estas dos que son muy tontas, pero es para aclararlo:
Duda 9).Como los titulares del piso son dos, y cada uno hace su declaración, a todo lo hablado anteriormente lo divido por dos y pongo cada mitad a cada uno en su declaración, no?
Duda 10) Si este año han tenido más gastos que ingresos, puedo apuntármelo e indicarlo el año que viene como Importes pendientes del año pasado.
Y nada más, simplemente disculparme por el tocho y agradeceros la ayuda a estos novatillos que estamos aprendiendo un montón con vosotros. Espero que mis dudas ayuden tambien a otros.
Un saludo.