Si es así como dices, entonces mañana por la mañana deberían emitirme orden de pago.
A ver porque ardo en deseos de saber porque me ha pasado por Recaudación sin tener yo nada pendiente de Juzgado, APP Hacienda, IBI, DGT, ni en la propia Recaudación donde estuvo a la cuál llamé.
El año pasado si me embargaron la declaración pero por una deuda judicial que tb me tenía embargada mi nomina. Pero es que este año nada de nada al quedar aquello saldado.
Por eso no se si al haberme embargado el año anterior debe pasar por Recaudación para comprobar si aquello se saldó del todo. O si no algo de Diputación o multa de zona azul o algo, pero claro me tendría que salir en Recaudación cuando llamé.
Lo que sea, por supuesto, lo comentaré por aquí para futuros casos similares.