Depende de a quién le debas el dinero: si el aplazamiento es de una deuda que está recaudando la AEAT, sí: te compensarán la deuda con la devolución. El embargo, pues lo mismo: si tienes una deuda impagada que ha generado que la AEAT llegue a embargarte créditos, salarios, saldos bancarios, etc., sí: se te cobrará de la devolución. Ahora bien: si el embargo lo está haciendo otra Administración (Seguridad Social, por ejemplo, o un juzgado), entonces es posible que ellos vayan por su lado y Hacienda por otro, por lo que te ingresarán tu devolución de IRPF.