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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#1216

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pues no te debería hacer el cálculo por la normativa antigua, porque no cumples las condiciones del apartado 3 de la DT 34.
Vaya desastre el simulador.
#1217

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ya sé que eso no cuadra con el Criterio de gestión: 4/2024, pero así me lo hace el simulador, a mi y a más gente , por ejemplo a Fran211, desde la última actualización. Antes de esa actualización, me aplicaba siempre la DT 34.
#1218

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lo mismo pierdo yo, pero si son mis euros los quiero. Son 168 al año. O es que es serio que la cuantía de mi pensión sea una especie de bonoloto?.
#1219

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Sigo manteniendo que la interpretación correcta del apartado 1 de la DT34 obliga al doble cálculo aunque la jubilación sea voluntaria según apartado 2.
#1220

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

La única conclusión posible, por ahora es que no te puedes fiar del simulador. Habrá que esperar a que alguien comunique una resolución real sobre un caso en el que la opción más beneficiosa sea la aplicación de la normativa anterior.
#1221

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Tienes toda la razon , y si 3095€ deberia ser mi pension en ese caso, pero no me la da, y te digo mas, el informe que pedí al CAISS y me enviaron me daba con la DT34.2 es decir 3.082€
#1222

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Es IMPRESENTABLE QUE 90 días despues del comienzo de la DT34 esté esto así. Y el responsable de esto el “Menistro” ni mu, ni le interesa, ellos a su rollo que no es el nuestro…. Y como bien dices, hasta el último céntimo es tuyo, claro que sí. Totalmente de acuerdo
#1223

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pero… eso es diferente del CG 4/2024, ¿entonces? Piensas que ese CG es ¿erróneo o equivocado?
#1224

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lee lo que pone la página 3 del PDF de tu simulación… El punto 2 creo.
¿Hace referencia al apartado 3 de la DT34ª?



#1225

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lo mismo pienso yo
#1226

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34



Una cuestión. El simulador simula situaciones. Las que tú quieras. Puedes cambiar de voluntaria a involuntaria, puedes decirle que tu cese fue anterior al 01/01/2022 o al 2013, puedes cambiar tus bases de cotización futuras… puedes simular situaciones, pero tus condiciones reales son las que son y la SS lo sabe.

#1227

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Sobre la transparencia.

Tb. trasparencia.

1. f. Cualidad de transparente.

Sin.: | diafanidad, nitidez, luminosidad, claridad, limpidez, traslucidez.
 | claridad, evidencia, comprensibilidad.
Ant.: | opacidad.



Un aspecto necesario en la transparencia es la inmediatez.  NO te acercas a un cristal a esperar ver a través de él algún día…
Si me dices… enséñame tal cosa y te digo vale, aquí la tienes. Eso es transparencia.
Pero si te digo…. bueno, pues ya te lo preparo, como en un mesecito o así te lo tengo. Eso no es transparencia.

Si es transparente el CG 4/2024  ¿por qué no los informes en los que se basa? 
¿Para qué es necesario un portal de transparencia? Si todo es transparente pues que esté todo “colgadito” en la red y ya lo vemos…
#1228

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Esto es lo que pone cuando me aplica el 0,5 % por trimestre (jubilación anticipada 21 meses): Con los datos que ha introducido en el simulador le mostramos el cálculo de su jubilación anticipada de acuerdo con lo previsto en el apartado tercero de la disposición transitoria trigésimo-cuarta del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, por ser, en su caso, más favorable que la legislación
actualmente vigente.

Esto es lo que pone cuando me aplica la tabla transitoria de la DT 34 (jubilación anticipada 24 meses):  Con los datos que ha introducido en el simulador le mostramos el cálculo de su jubilación anticipada de acuerdo con lo previsto en la legislación actualmente vigente por ser, en su caso, más favorable que lo previsto en el apartado tercero de la disposición transitoria trigésimo-cuarta del texto refundido
de la Ley General de la Seguridad Social.

En ambos casos he contestado NO a las dos preguntas. Lo único que he cambiado es la fecha de la jubilación.
#1229

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Luego te aplica la 3. No sé cuál es tú caso…
#1230

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Curioso, a mi me debiera decir eso pero no lo hace. Es un simulador como que depende del día, del nombre del jubileta, de sus caprichos, de la metorología, no se, no entiendo nada. Vaya desastre de INSS.