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Compra vivienda, posterior donación y deducción por vivienda habitúal

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Compra vivienda, posterior donación y deducción por vivienda habitúal
Compra vivienda, posterior donación y deducción por vivienda habitúal
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Compra vivienda, posterior donación y deducción por vivienda habitúal

Buenas Tardes,

Quisiera plantear este caso para que deis vuestra opinión sobre si el esquema es el correcto. 

Dentro de un matrimonio en régimen de separación de bienes, ambos cónyuges están interesados en comprar un inmueble con un precio de 500.000 €. Actualmente, uno de ellos podría aportar 215.000 €, mientras que el otro dispone de 35.000 €. El resto (250.000 €) se financiaría mediante un préstamo personal ( no hipotecario) solicitado por ambos ( mejor producto consultado dado que se finalizará al siguiente año )

Está previsto que, al año siguiente de la compra, un ascendiente de uno de los cónyuges le preste esa misma cantidad (250.000 €) a coste 0. Se contempla la posibilidad de que la mitad de esa cantidad sea donada (125k) y el resto prestado, operación que sería únicamente en beneficio de uno de los cónyuges, sin participación del otro.
A mayores, en la comunidad foral donde se ubica la operación sigue vigente la deducción fiscal por adquisición de vivienda habitual.

Hay dos puntos que son los importantes y en los que pido opinion:

  1. Que la vivienda conste, aprox, al 50 % a nombre de cada cónyuge.
  2. Que ambos puedan aplicarse la deducción por vivienda habitual.

La idea inicial sería la siguiente:

  • Se solicita el préstamo al banco a nombre de ambos.
  • Se compra la vivienda y se escritura al 50/50 (o quizás 60/40).
  • Al año siguiente, el cónyuge que ha recibido el préstamo/donación del ascendiente cancela la hipoteca con esos fondos.
  • Posteriormente, ese cónyuge realiza un préstamo a coste cero a su pareja por la parte proporcional del crédito que este tenía pendiente.
  • El resultado es que un cónyuge se deduciría de su préstamo ( a coste 0) con su ascendente y el otro del préstamo a coste 0 que a su vez le ha hecho su pareja. 

La duda es si esta fórmula os parece válida desde el punto de vista fiscal para que ambos pudieran beneficiarse de la deducción por vivienda, teniendo en cuenta la procedencia y naturaleza de los fondos. 

Gracias!