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Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

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Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés
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Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés
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#13753

Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

Tienes q esperar a comprar misma accion dos meses a partir de la venta a perdidas para poder compensar
Es la fecha de venta a perdidas la q te marca el inicio de la penalizacion para comprar en caso de q quieras compensarla

#13754

Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

También se puede volver a comprar antes de los 2 meses y podrás compensar la minusvalía cuando vendas de nuevo las que has comprado antes de los 2 meses.

Si eso ocurre en el mismo ejercicio, todo la mismo ejercicio.

Si eso ocurre en el siguiente ejercicio, la compensación de minusvalías será para el siguiente ejercicio.

 

Se trata de no permitir el diferimiento de la compensación de la minusvalía, y no de prohibir la compensación de la minusvalía.

Freedom is driven by determination

#13755

Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

Nada hay q esperar a leerlo todo para contestar :-)

#13756

Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

He encontrado esto en la pagina de hacienda

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Ayuda/17Presentacion/100/8_2_6_2_5.shtml

...  Integración diferida de determinadas pérdidas por recompra

Si una transmisión origina pérdidas patrimoniales y los elementos patrimoniales transmitidos (o valores homogéneos) han sido adquiridos nuevamente en los  plazos y condiciones previstos en el artículo 33.5, letras e), f) y g) de la Ley del Impuesto, la pérdida patrimonial no puede computarse hasta que no se produzca la posterior transmisión definitiva de los elementos patrimoniales (o valores homogéneos) readquiridos...

A mi entender, hasta que no se generan pérdidas, no entra en juego la regla de los dos meses y mientras respetes el periodo, se podrán compensar con plusvalias anteriores.

Aquí, interpreto lo contrario, https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/en_gb/Inicio/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Manuales_de_ayuda_a_la_presentacion/Ejercicio_2016/_Ayuda_Modelo_100/8__Cumplimentacion_IRPF__II_/8_2__Ganancias_y_perdidas_patrimoniales/8_2_1__Conceptos_generales/8_2_1_1__Concepto_de_ganancias_y_perdidas_patrimoniales/Integracion_diferida__perdidas_patrimoniales_derivadas_de_transmisiones/Integracion_diferida__perdidas_patrimoniales_derivadas_de_transmisiones.html

Transmisión de valores o participaciones y readquisición de valores homogéneos

Tampoco se computarán como pérdidas patrimoniales las derivadas de las transmisiones de valores o participaciones, cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos dentro de los siguientes plazos:

  1. Si se trata de valores o participaciones admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros, cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a dichas transmisiones.
  2. Si se trata de valores o participaciones no admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos en el año anterior o posterior a dichas transmisiones.

En estos casos las pérdidas patrimoniales se integrarán a medida que se transmitan los valores o participaciones que permanezcan en el patrimonio del contribuyente.

Así que me quedo como estaba xD

 

#13757

Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

Lo de 1 año para qué mercados es? Porque yo aplicaba 2 meses a todo...

#13758

Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

Ambos casos se solucionan en el momento que tengas todo vendido y no compres nada de eso en los 2 siguientes meses.

 

A mí ya me queda suficientemente claro.

Freedom is driven by determination

#13759

Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

Yo a la regla le veo otros problemas mayores:

-No esta claro para que acciones son 2 meses y para cuales 1 año.

-En el caso de las acciones extranjeras en las que hay que respetar 1 año, si vendes entre junio y diciembre de el ejercicio 1, no podrías compensarte la perdida hasta el ejercicio 3, ya que al presentar la declaración en el ejercicio 2 todavía no ha pasado el año.

No entiendo porque se elige el periodo de 1 año, es contraproducente y no entiendo el propósito. 6 meses lo podría entender, pero 1 año es acabar de liarlo del todo.

#13760

Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés

Hay q añadir q si no compensas perdidas ese año tienes 4 años para compersarlas lo q no sabia y lei por ahi q se pueden compensar perdidas acciones con rentas de otro tipo hasta un porcentaje 20% hasta el 4 año
También se pueden compensar perdidas de acciones con fondos y viceversa

Se habla de...