#51985
Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés
Yo por lo que recuerdo cuando lo leí, creo que tendrías que declararlo igual pues el límite de los 50.000 euros es compartimentado por tipo de activo en el extranjero (inmuebles, cuentas, acciones). Es decir, si tienes más de 50.000 en cualquiera de ellos (con lo del promedio del último trimestre del año en el caso de cuentas y acciones) tienes que hacer el 720.
Aunque las hayas comprado a margen, los 51.000 euros en acciones son activos tuyos y por lo tanto creo que los tendrías que declarar.
Pero mejor mira lo de decía Road que hay en hacienda que viene con muchos ejemplos.
Aunque las hayas comprado a margen, los 51.000 euros en acciones son activos tuyos y por lo tanto creo que los tendrías que declarar.
Pero mejor mira lo de decía Road que hay en hacienda que viene con muchos ejemplos.