Ya, si he estado buscando en los ejemplos de hacienda y solo he encontrado esto:
Pregunta
¿Deben declararse las cuentas con saldos negativos en caso de que existan otras cuentas con importe superior a 50.000 euros? Para determinar si se supera dicho umbral, ¿se han de tener en cuenta los saldos negativos?
Respuesta
Sí, deben declararse.
En los diseños de registro publicados en la Orden HAP/72/2013, de 30 de enero, se incluye la posibilidad en los campos de "VALORACIÓN" (tanto del Registro de Tipo 1 como del 2) de que se consignen signos negativos en los registros declarados.
Para determinar si se supera dicho umbral, se han de netear los saldos negativos con los positivos.
A mi entender hay que netear los saldos negativos con los positivos en el bloque de acciones y por tanto no habria que declarar si da 49.000€...
Recuerda que lo del promedio trimestral es en cuentas, no en acciones, aqui solo cuenta el 31 de diciembre. Y el fondo monetario tengo entendido que va en el mismo bloque que las acciones.