Gracias Trayetes por tu ayuda.
Me informaré en la consejería de la vivienda.
Los pasos entonces serían:
1. Solicito ayudas plan 2009-2012 del Estado y la ayuda autonómica.
2. Me conceden las ayudas del Estado,
3. Si me compensa, cancelo préstamo actual y solicito uno convenido, ya sea en la misma entidad u en otra.
Lo que no sabía era el detalle que las ayudas tributan en el IRPF.
Lo que no entiendo es que si cumplo los requisitos por tipo de vivienda y nivel económico de ingresos ¿porque tengo que tener un préstamo convenido?, ya que los bancos son muy reacios a informar de estos, lo único que les interesa es que cojas su préstamo libre (que no es que sea malo el mío, pero me impiden solicitar las ayudas del Estado). Y si quieres el convenido te pondrán el diferencial más cerca del 1.25, de tal manera que las ayudas se las llevan ellos. Aún así me moveré por si me puedo beneficiar.
Respecto al tema de la comisión de cancelación en una cooperativa lo pagaría el promotor, que son los propios cooperativistas, entonces si está presupuestado pues igual no se paga, pero sino igual toca al cooperativista que lo genera, así me lo contaron en la mía.
Saludos,