Hola a todos!
he estado leyendo muchas opiniones hasta llegar bastante atrás en el tiempo, y he visto que los términos del contrato (esta hoja azul) que firmas con kiron ha cambiado.
En mi caso, después de dejar el depósito para un piso con Tecnocasa, un agente de kirón me hizo inmediatamente un "estudio". Primeramente después de firmar y pagar el depósito, la chica de Tecnocasa me dice que varias personas lo habían dejado y ellos decidirán con quién seguir adelante (es LEGAL?). En segundo lugar, al cabo de unos días el agente de kirón me llama para decirme que tenía que ir urgentemente a la oficina porque tenía ya un pre aprobado de un banco, para una hipoteca al 95% con tipo fijo los primeros 5 años y luego variable (pero podría cambiarme a otro banco si prefiero). Me convenció a firmar este documento haciendome creer que solo le faltaba enviar algún documento más y ya teníamos mi hipoteca y la comisión de Kirón sería de 5000euros. Después de firmar los documentos el señor me empieza a decir que lo del 95% es poco viable (dudo que tuviese ningún pre aprobado, fue solo para engañarme y convencerme a firmar diciéndome que solo era para autorizarle a mandar mis documentos al banco).
Mientras, he encontrado buenas condiciones con otra agencia online y que no cobra comisiones (porque recibe solo la comisión del banco que me consigue) y que además pone toda la información clarísima en todos los pasos.
Ahora mi duda es: qué pasará cuándo le comunique esto a Kirón? me querrán cobrar igualmente los 5mil euros?
Voy medio tranquilo porque firmé hace 5 días y en el contrato pone estas frases:
"8. Se generará el derecho al cobro de honorarios y serán exigibles por el Franquiciado desde el momento en que como consecuencia de su labor de intermediación el Cliente obtenga al menos una oferta vinculante de financiación adecuada a las preferencias definidas en el presente contrato o, no siendo adecuada a las mismas, sea aceptada por el Cliente".
Todavía no he recibido ninguna oferta vinculante;
"De no haberse obtenido una oferta vinculante de financiación, se generará el derecho de cobro de honorarios si, una vez transcurridos 14 días desde la formalización del presente contrato y dentro de su plazo de vigencia, el Cliente:
- renunciase a la intermediación y/o a la financiación pretendida ya sea expresa o tácitamente. Se entenderá que existe una renuncia tácita si el Cliente, una vez requerido, no cumpliese en el plazo propuesto con las obligaciones que le competan.
- si la financiación no se pudiera solicitar o no fuera concedido por la entidad de crédito por causas obstaculizadoras imputables al Cliente [...]" .
Aquí entiendo que estando todavía dentro de los 14 días de que habla este punto no debería tener ningún problema ni deberían exigirme nada.
Correcto? Alguien ha tenido una experiencia pero con este tipo de contrato y dentro de los 14 días? Gracias