Re: El gobierno español obligado por Artur Mas a hacer cumplir el artículo 155 de la constitución.
Que el contenido de la propuesta en el Parlament es inconstitucional no tiene duda. El Tribunal Constitucional (TC) lo dejó claro el año pasado con la sentencia sobre la declaración soberanista. Pero tampoco hay duda de que la batalla jurídica que va a entablar el Estado se topará, escoja la vía que escoja, con varias dificultades. Catedráticos de Derecho Constitucional consultados por este diario encuentran problemas tanto en la aplicación de la reciente reforma del TC como en la del artículo 155 de la Carta Magna, comparativamente vetusto pero aún por estrenar. No es sólo que se trate de instrumentos novedosos, es que se ponen en suerte en un periodo políticamente delicado, con cámaras y gobiernos en plena conformación por ambos bandos.Un tribunal rearmado El Gobierno reformó al TC para algo. Concretamente, para lo que ayer se puso en marcha. Eso, curiosamente, no impide que su aplicación provoque dudas. «La suspensión de funciones que contempla para quienes desobedezcan al TC tiene un problema: ¿es concebible que se aplique a más de 70 parlamentarios?», plantea Juan María Bilbao, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valladolid. «Además de innecesaria, quizá la reforma no sea útil, porque está pensada para aplicarse a autoridades, no para diputados».En esa línea, el catedrático de Constitucional de la Universidad de Navarra Manuel Pulido resalta que la eventual aprobación la protagonizaría «un órgano colegiado, el Parlamento, y ante eso no cabe aplicar la reforma».
Sobre este problema, la catedrática de la Uned Yolanda Gómez resalta que el TC «nunca» actuaría contra una multitud de parlamentarios, sino que la suspensión «se impondría al que ejecutase lo suspendido». Por ejemplo, al presidente de la Generalitat, del Parlament, consejeros... «En un momento determinado tendrán que pasar a mayores y ejecutar. Entonces se podría actuar. La reforma del TC busca precisamente singularizar la responsabilidad. No hay que convertir en mártires a 70 parlamentarios». Por su parte, el catedrático de la Universidad de Santiago y presidente de la Fundación ¿Hay Derecho?, Roberto Blanco, opina que «sí es posible» suspender a los parlamentarios, si bien se plantea otros dos problemas. Uno, la identificación ante una eventual votación secreta. Otro, valorar «hasta dónde alcanza la inviolabilidad parlamentaria» de los electos en sus votaciones. El 155, por fin Pese a las nuevas armas del TC, la gravedad del problema es tal que los expertos siempre contemplan, en primer plano o al fondo, la suspensión de la autonomía. Blanco respalda esta vía, en parte por los problemas que suscita la del Constitucional. «Si se empeñan en la desobediencia lo razonable es ir al 155, que para eso está. El problema está en aplicarlo con las Cortes disueltas», señala. La Constitución indica que la medida debe ser aprobada por el Senado, ahora disuelto y funcionando a través de la Diputación Permanente. No es la mejor circunstancia para adoptar la medida más grave posible contra una autonomía.«Si el asunto sigue y sigue», coincide Yolanda Gómez, «la reforma del Constitucional se quedará pequeña y será necesario acudir al 155 para dar una respuesta grave a un problema grave». Pero se trata de un precepto que no se ha desarrollado por ley, lo que abre muchas incógnitas. «Si se hubiera desarrollado en tiempos tranquilos no estaríamos ante estas dificultades. Pero no se hizo y nos encontramos que el artículo es tan vago, tan general, que no se sabe, por ejemplo, qué gravedad deben tener los hechos que justifican su aplicación, si puede valer frente a meras declaraciones...», señala la catedrática. «No es imposible aplicarlo, pero sí complejo», resume la catedrática.Gómez prefiere, al menos de momento, la vía del TC frente a la del 155. «Ante una declaración concreta, aunque grave, es mejor acudir al Constitucional. Es preferible ir caso por caso. El 155 es más general y sería matar moscas a cañonazos».Pulido, por su parte, resalta que el «error» de no hacer coincidir catalanas y generales ha provocado que el Gobierno reciba la jugada de los independentistas «con el pie cambiado». «Están jugando a que no está claro si la Permanente del Senado puede asumir todas las competencias para el trámite del 155». A su juicio, sí podría hacerlo, al margen de la duda de fondo sobre «hasta qué punto una declaración política podría justificar su aplicación». Más coincidencias Los expertos coinciden en varios puntos más. Uno, que habrá que esperar a su aprobación por el Pleno para impugnar la decisión, ya que hasta ahora es «una mera declaración de intenciones». Segundo, que esa segura impugnación acabará como acabará: «Es absoluta, total y radicalmente contraria a la Constitución». Tercero, que con esa sentencia no se pondrá fin al problema: «No bastan los recursos, aunque estén bien y sean obligados. El proceso es un problema político». Y cuarto, que la batalla jurídica que se va a abrir no es precisamente sencilla: «Es una merdé del carajo».