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Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

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Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes
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Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes
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#913

Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

Gracias W. Petersen por su respuesta.

Se que es difícil intuir como evolucionará este asunto. Pese a lo resentida que estoy con Bancaja por como me engañaron opino que hay que intentar ver si quieren ser honestos con el arbitraje, no parece que vayan a serlo cuando dicen que ofrecerán una cantidad máxima y no una mínima lo que dificulta la apuesta, si aceptas el arbitraje y luego la cantidad esta muy por debajo de lo que se depositó en obligaciones no hay alternativas, bueno esperar a ver cuando estas acciones tienen un buen valor pero pueden pasar mucho tiempo.

Ruego me indiquen si estoy en lo cierto.

Saludos

#914

Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

Creo que es así, con lo cual mi recomendación de antes es que vaya con la ayuda de un profesional, porque no olvide que ellos si van con uno, concretamente la auditora KPMG, y si va usted sola sin apoyo, el riesgo de que se la coman con patatas, está ahí ...

Y es que además ni siquiera le pedirán testimonio, si fuera así, usted tendría una mínima oportunidad de mostrar su perfil al árbitro (que toma mas o menos la función de juez), pero como ni la va a recibir, el sistema está montado solo analizando los papeles, pues eso ... que un profesional le redacte unos y de buenos con pruebas, documentos ...

#915

Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

Si me permites la intromisión te daré mi punto de vista que coincide plenamente en muchos aspectos con los del W.Petersen.

Precisamente ayer se hizo publica una sentencia de Valencia contra Bancaja y en la que copio los mas interesantes párrafos para los estafados en este post...

https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/1641159-cnmv-documentos-utiles-para-entender-reglas-juego?page=3#respuesta_1839017

Le podrías pegar un vistazo y sacar tus propias conclusiones

Las reservas que W .Petersen manifiesta respecto a los arbitrajes son del todo comprensibles y razonadas ,están dando la razón y obteniendo laudos favorables a una infinidad de casos , pero en el fondo este mecanismo es una puerta trasera que no se sabe cuanto tiempo estará abierta ni lo que duraran los fondos que se han estipulado para eso. ¿Que pasara entonces con los que se queden fuera?

Luego otro principio de sentido común que me dice que el que provoco el problema no se yo si sera el adecuado para solucionarlo , yo no me dejaría estafar por los mismos que ya me estafaron una vez.

Por pedirlo tampoco pierdes nada , aunque teniendo en cuenta tu comentario ….

“bueno esperar a ver cuando estas acciones tienen un buen valor pero pueden pasar mucho tiempo.

De momento y advirtiendo que de finanzas se muy poco o casi nada, esperar que las acciones de Bankia tengan un buen valor me parece una muestra de fe impresionante. Ojala ..

PD : te tuteo porque en los foros es mas apropiado tutear que hablar de Ud, pero igualmente tienes todo mi respeto .

#916

Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

Gracias cabreado76 por tu respuesta, no considero una falta de respecto en tutear.

Creo habéis dibujado unas buenas bases sobre lo que debe ser la punta de lanza contra Bankia,
cualquier otra información que ayude a salir mejor parado de timo será bienvenido. Habrá que ver como van ellos a rebatir estos argumentos.
Seguiré leyendo.

Saludos

#917

Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

Pues venga, dejémonos de charla y vamos a la acción, si me indicas la fecha de la compra, te intento buscar en los hechos relevantes publicados en la CNMV, a ver si te localizo algo de bajadas de solvencia emitidas por las agencias Moody's, Fitch o Standard & Poors ... porque si coinciden con tu fecha, unas pocas semanas antes, tendrás los primeros documentos ¿dijiste Bancaja verdad?

#918

Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

Bingo .....en la web de la CNMV http://www.cnmv.es/Portal/HR/ResultadoBusquedaHR.aspx?nif=G-46002804&division=1&page=7 avanza hasta la página 8 el hecho 109902, aquí lo tienes por otro medio http://tusacciones.com/hechos-relevantes/HS/109902 , sabes que pasa, resulta que los enlaces de la CNMV caducan, si te lo pongo, dentro de un rato ya no funciona ... esto es de fecha 15 de junio ..... seguimos .... el 101960 http://tusacciones.com/hechos-relevantes/HS/101960 de finales de 2008 ... otro ... el 27800 también, cómo no, de bajada de solvencia http://tusacciones.com/hechos-relevantes/OC/27800 ¿quieres más? 110533 de fecha 26 de junio .... http://tusacciones.com/hechos-relevantes/HS/110533

¿Y esto que significa? Pues muy simple, mientras las agencias calificadoras de solvencia, siendo las tres mas importantes del mundo:

Standard & Poors
Fitch & Rating
Moody's

Estas empresas se dedican a estudiar/analizar empresas, y emiten informes de solvencia y perpectivas a futuro de sus negocios, y resulta que mientras a ti te vendían esto, se les calificaba a la baja con perspectiva negativa, y si en algunos casos se dice "estable", pero al mismo tiempo les bajan de A+ a solo A, o de BBB a BB+ (por ejemplo) significa que les bajan un peldaño, y esto no va a ser bueno, será peor o solo ligeramente peor, sin embargo menor solvencia en todo caso ....

¿Y para que sirve esto? Por si solo de nada, no obstante si te vendieron un producto complejo sin informarte que su solvencia estaba disminuyendo, actuaron mal, el problema no es la bajada de solvencia, es la combinación de las dos cosas, la bajada y la no información para un producto que se considera complejo.

¿Y esto laudos o juicios? Claro que no, esto es como una saca, que se va llenando, cuanto mas llena esté la tuya y mas vacía la suya, tus argumentos mejoran las posibilidades y disminuyen las de ellos, al final nada es definitivo y solo la suma de muchos detallitos como estos, van "llenado la saca".

#919

Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

Gracias W. Petersen, me he guardado los enlaces y las pantallas impresas. ¿hasta que punto me puede interesar referenciarlas en el escrito de alegaciones? no lo se, pero veo esta información muy útil sobre en todo en un juicio que me temo habrá.
Había hecho un borrador sobre el texto a introducir en las alegaciones y me gustaría saber vuestra opinión.
Gracias de antemano.
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Soy Ama de Casa jubilada de 72 años, tengo una minusvalía reconocida del 38% como verán en documentos adjuntos, vivo de una pequeña pensión de viudedad y de los ahorros de toda una vida de trabajo.

En Mayo del 2009, pese a que leíamos sobre el mal estado de financiero de Bancaja, pusimos 10.000 € en obligaciones subordinadas de la EM 10 de Bancaja ya que en la sucursal nos dijeron que este producto era como un plazo fijo pero daba más interés y podíamos recuperarlo cuando quisiéramos, no entendemos estos productos y firmamos lo que nos pusieron delante ya que confiamos en Vds.

Podrán comprobar que no tengo el perfil para un producto como estas obligaciones subordinadas, ni tengo cultura financiera ni sabía el riesgo que asumía, soy una ahorradora sin experiencia previa en este tipo de productos, que nunca he tenido acciones, ni invertido ni especulado en productos de riesgo por lo que no soy la persona adecuada para estos productos. En mi historial de operaciones con Vds. o con cualquier otra entidad financiera así podrán comprobarlo y hasta el trabajador ya jubilado de Bancaja que nos convenció sobre estas obligaciones así lo ha atestigua.

El suyo fue el banco de mis Padres y Esposo y ahora de mi Hermano, Hijos y Mío y nos gustaría que siguiera siéndolo y queremos seguir todos en Bankia y confiando en Vds.

Rogamos nos reintegren íntegramente la cantidad depositada.

Gracias

#920

Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

Depende, si las alegaciones las haces tú (paso al tuteo, por ser esta la costumbre en los foros) sin contar con asistencia profesional, cosa que no te recomendaría en absoluto, porque ellos si van asistidos, y estarías en desigualdad, para nada interesa poner estos antecedentes, porque se demostrarían conocimientos que hasta hace pocos días desconocías, pero la interpretación de ello te puede perjudicar, ya que no es posible determinar si tales conocimientos los tenias en el momento de la contratación, o los has adquirido con posterioridad, y como sea que no vas a testificar, en esto de los laudos bancarios, no se citan a testimonios (este es un de los motivos por los cuales no me gusta nada el sistema) puede ser contrario a tus intereses. De ahí que te comentaba que el escrito lo hiciera un profesional, anotando que lo es y su número de colegiado, porque de esta manera queda claro que por desconocimiento del asunto, te has visto obligada a recurrir a asesoramiento.

Insisto en que no me parece buena idea que lo hagas sin asistencia, pero si lo haces, tomas esta determinación, creo que hay algunos fallos gordos en tu escrito, ¿realmente sabias en 2009 que la caja tenía problemas? No puedes escribir con la visión de ahora, en tu mente debes retroceder en el tiempo .... si realmente en 2009 sabías de estos problemas, y es raro porque el asunto empezó a salir por la prensa bien avanzado el 2011 o si me apuras a finales de 2010, y de estos problemas en 2009 solo podían saber los profesionales de la economía, el Banco de España, la CNMV, el Fondo Monetario Internacional .... vamos que si tu lo conocías, ahora no puedes alegar que a pesar de ello te metiste ahí, si fue así no acabo de ver que esto salga bien, si uno se mete con conocimiento de causa, no puede luego reclamar si el invento no le salió como esperaba ....

Y esto de que sigues “amistosamente” y pretendes seguir, yo lo quitaría ....

Ahora volvamos a la asistencia profesional: Si lees tu escrito detenidamente, observaras que no aportas nada, ninguna prueba, tus simples declaraciones u opiniones ¿Por qué motivo el árbitro te tiene que creer a ti, y no al banco? Que argumentos le das ..... ¿eres ama de casa? Bien .... pues como poco aporta el certificado de vida laboral que puedes pedir a la Seguridad Social para demostrarlo.

¿El empleado jubilado lo va a atestiguar? ¿estás completamente segura de que si le citasen lo haría, tienes un escrito que diga eso, para poder demostrarlo?

Mira un árbitro es al final un juez, un funcionario de rango medio de la administración autonómica – consejería de consumo que juzga-arbitra el conflicto, y tus argumentos son meras declaraciones ¿Por qué tiene que creerte? ¿No existe la posibilidad de que el banco acuda (y lo hace, te lo aseguro) a través de un profesional y en lugar de verter declaraciones, les presente documentos? ¿Existe la posibilidad de que dicho árbitro considere mas creíbles las tesis del banco y no las tuyas?

Lo siento, es no te puedo decir otra cosa que lo que pienso, y lamentablemente no es lo desearías oír, y aun siendo consciente de que mis dudas te pueden hacer gastar 200, 300 ó 400 € en algo que a lo mejor no era necesario (el asesoramiento) no veo forma de recomendar otra cosa, repito lo siento, pero no responderé en el foro lo que la gente desearía oír, lo haré con lo que estoy convencido y pueda justificar como creo estar haciendo ahora mismo.

Hay quien dice que los árbitros están a favor de los clientes, mira yo no me lo creo, están a favor de juzgar adecuadamente, pero es que es igual lo que yo crea, piensa que un funcionario de consumo no puede “sentenciar”, realizar un laudo en este caso, a sabiendas de que es injusto, esto tendría un nombre y es un delito tipificado en nuestro código penal, se llama prevaricación, y es exactamente que un funcionario público tome una resolución a sabiendas de su injusticia. Pero claro ahora me dirás “es que es justo que me paguen, yo tengo razón”, ah ... pues vale, entonces mejor que te defina lo que es justicia ¿no crees?.

Se llamará “Administración de Justicia” “Consejería de Justicia” o “ Ministro de Justicia, pero ninguno de los tres imparte lo que un ciudadano considera como justo o injusto, la película no va con este argumento .... en un tribunal, sea de justicia o arbitral, no se imparte esta palabra tan bonita “justicia”, lo que se imparten son leyes, las leyes que promulga el parlamento, que es el legislador, los jueces las aplican, no crean dichas leyes, y como mucho las interpretan, no mas que eso, por tanto ante un tribunal sea arbitral o en un juzgado, obtendrás aplicación de leyes, que luego coincidan con lo que es moralmente justo, ya depende, en muchas ocasiones ambas cosas coinciden (la Ley y la Justicia), en algunos pocas no, .... y en todo caso la percepción de justicia es muy subjetiva, es justo para el que gana e injusto para el que pierde, otra cosa será la percepción de un tercero que nada tenga que ver con el asunto.

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