Si y no ......, lo que dice la ley o la norma (no sé que cuál es el rango) que la entidad debe estar en condiciones de acreditar que entregó información pre contractual (antes de firmar el contrato), no dice que tenga que ser el folleto precisamente, solo dice "acreditar la entrega de información precontractual" ... bueno o algo así ....., lo que ocurre es que he visto algunos folletos de emisión o trípticos de resumen dónde hay un recuadro para la firma, y digo yo, si hay recuadro en las que he visto, que desde luego desconozco si esto es en todas las entidades o en todas las emisiones, pero si hay "cuadrito" lo pondrán por algo, supongo, no será porque les sobre espacio en el papel ...., en fin, es igual .... lo que hay que acreditar, repito, es que hubieran entregado información previa y que hubieras podido analizarla antes, creo que no se habla del tiempo, solo se dice "antes" .....
Ahora bien, si esto es suficiente como base para una reclamación, yo creo que no, que sería poco, si bien menos es nada ..... sin embargo si ello va acompañado de mas cosas, la cosa cambia, en todo caso, yo no soy abogado, tal vez debes hacer alguna consulta legal sobre ello a un profesional.