Dejando a un lado cómo nos "colocaron" la deuda subordinada ya que hay perfiles y circunstancias muy distintos, por lo que no prosperaría una acción legal conjunta, hay algo que TODOS tenemos en común: nos han canjeado, sí o sí, un producto de renta fija, con un vencimiento determinado, por otro de renta variable y con muchísimos más riesgos. ¿Ellos pueden romper unilateralmente ese contrato? ¿No podríamos plantear una acción conjunta a...quién corresponda para denunciar este atropello? ¿Qué os parece? He leído que en Cantabria han pedido amparo al fiscal. Yo no dejo de darle vueltas porque me siento impotente. Tampoco puedo arriesgarme a una demanda que pudiera perder y el tiempo y el desgaste que eso significaría.
Hay otra cosa que quería comentaros. En mi contrato de deuda subordinada dice: "perfil del inversor: bajo. Perfil del producto: bajo". Me vendieron la deuda subordinada y además lo escribieron, como un producto de riesgo bajo. ¿Es que hace 10 años tenía esa valoración? o es otra tomadura de pelo para los confiados que no nos leímos la letra pequeña?