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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#4729

Re: La culpa es del viento....

Gracias de nuevo, Petersen. He estado tan pendiente de CX que no había caído en que SI puedo demostrar mi perfil con otro banco. Hoy me has alegrado el día. Saludos.

reedito.
Sé que va a parecer una pregunta tonta, pero sé porqué la formulo, ¿Existe en CX una deuda subordinada sin riesgos?

#4730

Re: La culpa es del viento....

La pregunta tiene gracia,,,

Todas las anteriores a la 8 emisión e incluso la 8º cuando se comercializo originalmente eran calificadas por Caixa Catalunya con nombres tan sugerentes como ,, productos de ahorro, perfil prudente, perfil conservador , es un producto no complejo*,,así que según sus propios métodos de venta todas eran productos sin riesgo,,,,

Eso es lo que ponía en los papeles, porque luego lo que ellos te decían para colartela era todavía mas “riguroso” … es un deposito a plazo fijo, es como un deposito a plazo fijo, hay tortas para adquirir este producto, esto solo se ofrece a clientes... “preferentes” ,

Pero lamentablemente esto no era cierto y por suerte para mucha gente no solo explicaran esto que digo ante un juez, y este podrá o no podrá creerlos,, es que en los documentos que se aporten el propio juez lo leerá escrito por Caxia Catalunya,, cuando no incluso de puño y letra de un comercial.

No existe deuda subordinada sin riesgo y mucho menos es un producto de ahorro

* La complejidad del producto no viene dada porque se pueda o no se pueda entender su naturaleza como se ha comentado en algun post ,, la complejidad del producto se centra en su categoría de instrumento híbrido, a medias renta fija y a medias instrumento de capitalización financiera ,que no tiene liquidez inmediata ( a menos que alguien se pasa por el forro los sistemas de cotización como ha sido el caso)y que su rentabilidad depende de muchisimos factores, que se pueda o no se pueda entender no lo hace complejo, lo hace complejo su estructura.

#4731

Otra prueba más

Os adjunto parte del test de conveniencia dónde clasifica los productos, fijaros dónde pone sin riesgos. Concuerda perfectamente con lo que estamos diciendo desde un principio y con lo qoe acabas de decir.

Otra prueba más

Otra prueba más

Otra prueba más

Otra prueba más

#4732

Re: Otra prueba más

Madre mia ,, ese test es oro puro.....

Es mas la pregunta 5 , ha sido calificada por los reguladores de la CNMV como "no conveniente" porque lo que hace es que uno mismo se evalue y eso no es correcto, es el comercial el que ha de evaluar al consumidor, ese test y nada es lo mismo...

GOLAZO

#4733

Re: Otra prueba más

hola Cristina Zc,
como dice el compañero cabreado, puedes felicitarte por poseer este test,a muchos,a mi incluida,nos han rellenado las tres primeras lineas sin preguntar nada,en mi caso puedo decir que lo han rellenado ellos al azar no puede ser de otro modo, porque nada de lo que pone, y repito nada, en mi caso al menos corresponde a la realidad,naturalmente facilmente demostrable,no se si calificar como mas inutil o malvado al responsable del tuyo o del mio, en cualquier caso, lo tienes muy facil.

saludos

#4734

Re: Otra prueba más

Pues es fácil,, el de Cristina era un inútil,, y el tuyo un malvado..

Al respecto del test , es posible que al titular de ese test le hiciesen firmar un papel en el que dice que “a pesar de que han advertido que el producto no es conveniente para el cliente, si lo quiere comprar” pero es que en este caso , ni aun así se salvan, porque según el test nadie le ha informado sobre productos de riesgo,,,,

El que se refirió a la complejidad del producto basándose en si era fácil de entender o no , he preferido aquello de que decía el personaje de mi avatar,,, “cuyo nombre no quiero acordarme” porque no quiero herir su sensibilidad...

#4735

Re: Otra prueba más

del mismo modo que se, que la M que me colocaron a mi, era de alguién muy cercano a la dirección,el test mifid debia corresponder a la misma persona, solo copiaron este test y le dieron la vuelta para que yo lo firmara,y Voilaa, M... librada,M.... colocada

#4736

Re: La culpa es del viento....

Cualquier depósito de dinero conlleva intrinsicamente un riesgo, no olvides que un banco es un negocio de intermediación, "compran tu dinero" y lo "venden" a los piden financiación, y su margen es la diferencia de precios, la de intereses y comisiones. De hecho un banco funciona con una deuda monstruosa en comparación con el capital que tienen (el dinero que arriesgan los socios) que raramente llega al 10 ó 12%, de alguna forma de 100 € que prestan solo 10 ó 12 son de los dueños, de los accionistas, el resto es deuda a depositantes .... todo esto lo intento explicar aquí: https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1354116-preferentes-capitalizacion-bancaria-cotizacion-bonos-poco-todo-n-d-concreto .... en una empresa de otro tipo las cifras de capital son bastante mas altas, las que están en el 20% suele ser poco, las con el 25, 30 y 40% de ello .... de todas formas depende del tipo de negocio y "la velocidad" de transformación del producto.

Entonces todo es deuda, y cuando alguien te debe algo, soportas un riesgo, el riesgo de que al su vencimiento no te puedan pagar, sin embargo hay "categorías" de deuda ... los primero en cobrar son los acreedores privilegiados (Hacienda, Seguridad Social, empleados ...) cuando esto han cobrado se va por los siguientes, los acreedores ordinarios, que son los depositantes (*) la deuda sénior, los proveedores, y acreedores diversos (luego te comento lo del asterisco), dentro de estos "ordinarios" habrá algunos que tengan garantias adicionales, como pudieran ser hipotecas sobre las fincas propiedad de la empresa, garantías sobre la cartera de créditos hipotecarios en un banco, como creo lo serían los depósitos realizados mediante cédulas hipotecarias ... pero no es que tengan preferencia sobre los demás "ordinarios", tienen la misma, lo que ocurre es que al tener garantías adicionales a su favor, podrían "tirar" de ellas ............ bien cuando todos estos han cobrado, vienen los acreedores subordinados (tu caso), después de estos los "preferentes" y si queda algo, en último lugar los accionistas .............. y todo esto no va de proporciones, solo cobran los segundos si han cobrado los primeros, los terceros si lo han hecho los primeros y los segundos ..... si hay para los primeros, pero para los segundos solo una parte, pues a repartir entre ellos en porcentajes ... y los terceros pues ni un euro ..... a todo eso se la llama "prelación" de deudas. En tu caso eres de los antepenúltimos en cobrar, después de todos los demás, pero antes de los preferentes y los accionistas.

(*) Los depositantes en cuentas corrientes, de ahorro o a plazo, si bien son acreedores ordinarios, tienen un "aval" del fondo de garantía de depósitos como mayor garantía, que la estar seco, cabria la posibilidad que les pagasen (en una quiebra, y que de momento no existe ninguna) en "papelitos" de deuda del estado, pagadero dentro de no sé cuantos años .... Los que ahora depositan en pagarés bancarios que pagan algo mas de interés que las libretas a plazo, son acreedores ordinarios, igual que los de las libretas, pero no tienen el aval del FGD.

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