Tu opinión es muy respetable, pero yo no convengo contigo, y te pondré varios ejemplos, en estos momentos para quitar tensión al tema, tal vez convenga por estrategia política “meter” en la historia de los arbitrajes a los casos flagrantes, que saben que el cliente tiene las de ganar, sea por los motivos que yo enumero o por otros que desconozco o no se me han ocurrido hasta el momento, pero las cosas son como son, hasta que dejan de serlo.
Puedo estar en un error mayúsculo, pero como es mi costumbre, ni digo no, porque no, las cosas intento justificarlas, luego estaré en lo cierto o no.
Hasta hace muy poco, probablemente antes de las primeras reclamaciones por swaps, más o menos hará dos años y algo, puede que tres, un informe del Banco de España o de la CNMV, sin ser vinculante, se cumplía como una orden, y repito no lo será, hasta que llegó un momento en que se dejaron de cumplir. Esto lo puedes comprobar en los propios informes de reclamaciones de los dos organismos, dónde en 2005, en 2006, en menor medida el 2007 y algo menos todavía el 2008, el porcentaje de allanamientos (atender a las tesis del cliente y del informe) era muy elevado, los que no bastante testimoniales y probablemente asuntos... digamos ... poco estándar.
Hasta hace muy pocos meses, las resoluciones de los SAC de los bancos y de las compañías de seguros, ponían argumentos, rebatían los del cliente, ahora y si tienes ocasión de ver algunos de los últimos, es que en muchas ocasiones ni siquiera entrar a valorar la reclamación, se limitan a entender que al recibir correspondencia, no haber reclamado en un par de años, se considera tácitamente aceptado y todos tan amigos ....
Llegará a un punto en que cambiará la política y no atenderán a todas las reclamaciones, y la cosa es muy simple, es solo cuestión de aceptar arbitrajes a todo el que lo pida, no como ahora que solo los aceptan cuando las posibilidades de que el cliente gane el juicio son extremadamente altas.
Por mi experiencia profesional he estado en dos ocasiones en un arbitraje de consumo, esto en 9 años, en ambos casos como ponente y defensor de las tesis de la empresa, y te garantizo que el que va preparado tiene medio laudo ganado, el cliente suele ir con “a ver que se tercia” y aquí en Rankia, muchos a pesar de que se les insiste en “no vayas solo”, pues van sin abogado o ni siquiera el asesor fiscal que les confecciona la declaración de renta, que al menos algo más acostumbrado a normas y leyes está, no, no “a pelo”, eso si nos ahorramos el coste del abogado, ¡Pues qué bien!!! .... y no sé si me has seguido algunos de mis comentarios en los hilos, no soy abogado, ni tengo pariente alguno que lo sea, por tanto no estoy defendiendo la profesión en este sentido ...
Yo, vosotros mismos, pero “a pelo” no voy ni loco ... porque vuestra contraparte va con profesionales, no va el comercial de la oficina “a ver qué hacemos”, eso profesionales, y los clientes van a pelo, entonces el riesgo de que se lo coman a uno con patatas es un hecho más que posible ....
Sinceramente crees que la entidad está con el ánimo y las posibilidades financieras de cubrir toda esta porquería ¿?????????? Es que ni queriendo, carecen de capitalización suficiente, no pueden y esto es otro hecho indiscutible.
Ahora bien, quien piense que el ahorro del gasto de los profesionales es una prioridad, pues allá él, a nivel individual puede salir bien, a nivel global no saldrá bien, porque no puede salir bien, no tienen capacidad financiera para ello, es así de simple.
Mira a ti “te la metieron” con la octava esta, creo por tus comentarios que te sientes engañado, que presuntamente pudieron abusar de la confianza que allí tenías depositada, y de golpe y porrazo porque te ofrecen un arbitraje de consumo (que sé que a los de la DS con vencimiento no lo ofrecen) ya se puede confiar en lo que te dice el director, que si el banco te dice que acepta es que ganarás, y tu como cliente te fías y vas .... en unas circunstancias económicas peores que en el momento del presunto engaño y cuando el consejo de administración de la entidad “ha sido ocupado” por unos inspectores, y administradores del FROB, bajo las directrices de la UE, que ha dicho por activa y por pasiva que mientras no se demuestre lo contrario, los preferentistas y subordinados son inversores, y el que no lo sea pues que lo demuestre, punto final, y no solo como opinión sino en el MoU este de las narices, y yo me voy a fiar de que si me ofrecen el arbitraje es porque la entidad ha cambiado de política, y ya será honesta, y al servicio del cliente, pero pagando contra sus cuentas de resultados, pues perdona yo no me fio, pero ni de coña .... ¿Arbitraje? No gracias, excepto si mi caso fuera tan claro que no es posible otra resolución que a mi favor, en caso de mínima duda, pues como la frase de lo nuclear “no gracias”.