En mis casi 50 años he estado en cuatro salas de juicio y en dos arbitrajes, y un montón y medio de veces en juzgados presentando reclamaciones de deudas a favor de la empresa, pero no cuenta, los juicios dos como espectador porque me interesaba el asunto que se juzgaba, uno como testigo de la acusación en un tema penal de baja cuantía, una apropiación indebida, me citaron y tuve que ir, si bien yo no era parte ni directa ni indirecta, simplemente estaba cerca del lugar de los hechos, casualidades de la vida, y otra como demandante, pero solo llegué a comparecer ante el juez para rubricar el acuerdo al que se había llegado 24 horas antes, vamos que no te puedo decir casi nada como experiencia legal, por tanto te hablaré de lo conozco, o creo conocer que es la técnica y lo mis conocidos dicen que tengo como virtud, es un cierto sentido común (por el contrario tengo muchos defectos, seguramente mas que nadie) …… NINGUN DOCUMENTO SERÁ DEFINITIVO EN TU CUESTIÓN, NINGUNO, esto para empezar, la base de tu reclamación es solo una cosa LOS HECHOS EN PRIMER, LOS HECHOS EN SEGUNDO Y UNA COSA DISTINTA EN TERCERO, CREO QUE SON LOS HECHOS (jejeje) y estos son complicados de demostrar, por tanto mi primera recomendación para ti o cualquiera de vosotros es que de alguna forma os enteréis de cuando hay un juicio por un swap por ejemplo, porque la base de la demanda es la misma, y si podéis conseguir asistir como espectadores en uno de preferentes ya sería la leche, esto es para que veáis como va, como funciona …. No me preguntes como sabe uno cuando está convocado, supongo que es cuestión de ir al juzgado y preguntar, la asistencia es libre, uno puede ir sin problemas, a no ser que sea convocado como testigo, en cuyo caso no podría entrar hasta ser llamado por su señoría, no antes ………. Bien …. Una vez crees que los hechos son claros y que apuntan a tu favor, y además estás medianamente segura de que serás capaz de transmitir los mismos de manera correcta, que no te pueden pillar en “un renuncio”, ni te pueden liar con preguntas trampa, y por mas vueltas que den a las preguntas es imposible que te líen porque vas con la verdad y esta solo es una, y aunque entres tu primero en la sala, y tu cotitular en la cuenta, entre después, no oiga lo que tú has declarado, y da lo mismo porque la verdad es una y se la sopla a ti y a tus testigos si te quieren liar, porque no hay “lio” posible …. De ahí que indico siempre que esto va de verdaderos afectados, los “apuntaos al carro” corren ciertos riesgos, porque para mentir bien hay que ser “medio maleante” como poco, un profesional del engaño, de otro modo el juez te pilla o el abogado con sus preguntas te confunde y uno se lía … como supongo que no eres “apuntada a nada” y esto de los hechos, de la verdad lo tienes claro, vamos a lo que llamo “LA DECORACIÓN”, digamos que el piso ya lo tienes, ahora se trata de “vestirlo”, poner las cortinas, los muebles, los cuadros … y dejarlo bien bonito ….. EN ESTO ENTRAN ESTE TIPO DE DOCUMENTOS, por ejemplo si tienes la verdad en cuanto a hechos, pues un documento que indique que tu historia de productos con CX fue solo de cuentas a la vista, imposiciones y tarjeta de crédito, está demostrando que de inversor nada de nada … tu “perfil” era de depositante … si además aportas por ejemplo las declaraciones de un programa de TV en el habló uno de los anteriores presidentes de la CNMV y que indica que las cosas pudieron hacerse mal, pues tienes dos “muebles” para el piso, si luego resulta que el banco no te hizo firmar el test, o se olvidó de no sé que, van tres …. Si los informes de la CNMV resulta que hubieran sancionado a esta entidad por malas prácticas en esto ( ey!!! que no sé si CX está en las sancionadas por esto que dice la CNMV y es probable que no lo podamos saber, pero seguramente si que un abogado lo puede pedir al juez, y a este seguro que le informan) … pues son cinco …. Al final toda esta “decoración” puede dar una imagen de confirmación de tus hechos , de ahí que entienda importante poder demostrar que su historia era solo de depositante, no de inversor ….
En la parte contraria, si resulta que tienes acciones, alguien podría pensar que eres una “avezada” inversora, entonces habría que ver que tipo de operaciones haces con dichas acciones, porque si tienes unas acciones heredadas y no las mueves, solo una vez vendiste alguna para comprarte el coche, y el resto están ahí, no es lo mismo que una persona que compra hoy, vende mañana, compra de nuevo, o incluso vende y compra en el mismo día, ganando o perdiendo … el primero es una persona que vale tiene algunas acciones, pero no es un inversor, al menos no lo parece, el segundo le costaría demostrar que él no sabe que es la bolsa, que son los riesgos de las inversiones, vamos que lo tendría complicado, porque manifestar ignorancia y ser un avezado jugador de bolsa, pues no cuadra mucho que digamos.