Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya
http://www.publico.es/espana/446041/las-tasas-judiciales-se-ensanan-con-los-timados-por-las-preferentes
es que hay que ser HJDLGP,eso sucede por tener la mayoria absoluta, que hacen lo que les sale del bolo
http://www.publico.es/espana/446041/las-tasas-judiciales-se-ensanan-con-los-timados-por-las-preferentes
es que hay que ser HJDLGP,eso sucede por tener la mayoria absoluta, que hacen lo que les sale del bolo
Recuerdo a todos los "foristas" que la deuda subordinada es un instrumento completamente valido y en cierto modo cuenta como capital para la caja,,,, ¿Porque cambiaron en "la Caixa" las preferentes? La cambiaron por deuda subordinada a 10 años,,, igualita igualita que la que tenemos muchos de nosotros .....
Comooorrrrrrr ¿Y si la compra el Santander? o ¿el BBVA? pues a lo mejor ya tienen la faena hecha.....no necesitan canje , ni necesitan "na",,,,,,,
"La diferencia entre ambos productos se debe a que las subordinadas son títulos con plazo fijo de devolución, mientras que las preferentes son perpetuos."
Y recuerdo también que hay deuda subordinada perpetua,, que es a la que se refieren en el articulo.
Para no decepcionar a nadie en el futuro , explico muy brevemente para que me puse el avatar de Don Alonso Quijano, que es este señor que sale al lado de mis mensajes,,,
Lo puse porque así la gente con solo ver el dibujo , pues se ahorra siquiera de leer,,, y va superbien,, por ejemplo yo cuando veo el monigote de algunos foristas como "berebere" lo identifico y ya se donde no hay nada que leer ni que me interese....
Así el que quiera se ahorra de leer lo que no le interese y yo me ahorro también recibir lecciones de comportamiento....
Como luego no haya quitas,,, que chasco se van a llevar, algunos....
lalalalalala hasta la próxima...
Saludos Pilarbcn
Eso es lo que hacen , si se anula el contrato, te devuelven el dinero y tu devuelves los intereses que hubieras podido cobrar,,,,, Pero antes calculan los intereses que te hubieran correspondido si lo hubieras tenido en un plazo fijo, y lo restan al total que tienes que devolver....
¿Les hicistes un plano, o un croquis para que te dieran un historico de operaciones? Es que si no se lo explicas se ve que no lo entienden....
Las subordinadas, más pronto o más tarde, todos se las van a quitar de encima.
Amortización parcial del BBVA de dos emisiones de subordinadas
http://www.cnmv.es/portal/HR/verDoc.axd?t={84a27641-c14d-4f04-8c4f-6f8faccb166a}
Oferta de venta de dos emisiones de subordinadas de IBERCAJA
http://www.cnmv.es/portal/HR/verDoc.axd?t={112edf39-7b01-48fd-ae7b-77a7d08c143a}
Pues creo que no tendría ni que devolverles parte de los intereses porque la 7ª emisión empezó dando un 3,5% y ahora, a partir de este mes da un 5,25%. Teniendo en cuenta lo que daban muchas entidades por dinero nuevo en los 3 últimos años, la cosa quedaría compensada.
No, no les he hecho una "hoja de ruta" para la pedir el histórico. Simplemente, no les da la gana. ¡Y eso que no les he pedido 45 años de historial de mis padres!
Como ya he dicho en un anterior post, espero que con el extracto de Hacienda para la declaración del IRPF de los últimos 8 años me sirva de prueba.
Claro,, es lo que tiene este productillo a partir de una determinada fecha se pueden amortizar ,,, la 8º emisión en concreto a partir de Diciembre de 2013 ......
Folleto:
"Amortización: Los valores serán amortizados en su totalidad a su vencimiento que será el 18 de diciembre de 2018, mediante el reembolso de los valores a través de IBERCLEAR.
No obstante lo anterior, el Emisor podrá amortizar totalmente la emisión, a la par, libre de gastos y comisiones, previa autorización del Banco de España, a partir del 18 de diciembre de 2013, y en cada una de las fechas de pago de intereses posteriores a dicha fecha. No existe la amortización parcial de la emisión por parte del emisor, ni
existe la amortización anticipada a petición de los tenedores de las obligaciones."
Se las pueden quitar de encima por ejemplo para no pagar los intereses y poder ofrecerte otra "cosita" de su catalogo que les interese mas ,,,,,
Hola Pilar,
No te compliques reclamando los intereses se da por hecho que si la sentencia es favorable a ti, que lo será, estoy seguro, los intereses que te abonarán son los intereses que habrías cobrado de haber tenido ese dinero en un plazo fijo que creo está en un 3% (tipo de interés oficial) aproximadamente restándole el margen que superara ese valor que estubieras cobrando en los cupones de deuda que supongo que serán algo superiores a ese interés tipo que te comento, en resumen , ese tema ya está cubierto en tu demanda, no es necesario que lo especifiques...
Saludos
Saludos torvic
Pues si ,tienes un buen punto a tu favor,,,,y por lo que explicaste tu tenias previamente depósitos a plazo fijo o planes de ahorro ¿no? es mas creo que te los cambiaron de un sitio a otro,,, pues ese es otro punto a tu favor , yo creo que igual o mas importante que el de la firma en la recepción de la información,,, ya solo falta que en tu test se les fuera la mano y hayan incluido alguna mentirilla,,,, tendrías un 3 de 3 ----
En esos tres factores se fundamenta todo ......
Eso por no hablar de las circunstancias generales y los conflictos de interés...los test mal diseñados y los productos mal clasificados....