Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Hola Jose,
Deberias ganar tiempo y no esperar a ver lo que "güindos" soluciona. Tu padre debería firmar una declaración del cómo le comercializaron la deuda subordinada.
Las reclamaciones se inician habitualmente con la petición de información a la CX respecto a la deuda sub. adquirido asi como de toda la documentación firmada (orden de compra, test de conveniencia e idoneidad, folleto informativo de la emisión...). Es bueno saber que documentos teneis vosotros y el de la CX.
Tras el oportuno examen de la documentación recibida, se puede optar por iniciar la reclamación ante los tribunales de justicia o presentar una queja ante el defensor del cliente SAC, como paso previo preceptivo antes de formular una reclamación ante la CNMV.
Una vez recibida la respuesta del SAC, debidamente motivada, o transcurrido el plazo de 2 meses desde que se formuló la queja sin obtener respuesta, se puede proceder a presentar una reclamación ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores. La CNMV, tras la oportuna tramitación del expediente, resuelve en un plazo que suele variar bastante tal y como estan las cosas.
Tras la resolución del expediente en la CNMV, si nuestra reclamación ha sido estimada, conviene contactar con CX por si existe una última posibilidad de solucionar el asunto (que lo dudo) de manera amistosa antes de acudir a la vía judicial. Pero antes de los tribunales, se podría informar en omic sobre los nuevos requisitos que quieren implantar, y/o ver si plantear tu caso puede ser admitido en dicho proceso. OJO... si entras en el arbitraje y sale negativo, no podrás ir a los tribunales. Busca un abogado para que os asesore de las posibilidades de ganar.
Una vez agotadas todas estas vías, sería el momento de plantearse acudir a los tribunales y presentar una demanda solicitando la nulidad de la orden de compra por la existencia de un vicio invalidante del consentimiento.