Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?
Pues debo reconocer que ahí me has dado "Por ello, si tú planteas la petición al SAC en la creencia de que has contratado un depósito y luego te pones a pedir test de idoneidad, según MIFID; perfil inversor, etc.; estás reconociendo implícitamente que el producto es de riesgo y no es un depósito, lo que cual me parece, en mi modesta opinión, incongruente." tienes toda la razón “depósito-Test”, efectivamente suena a incongruente.
En otro orden, si uno se plantea demandar, tiene que tener en cuenta varias premisas.
1 – Es oportuno que desde el inicio vaya guiado por un abogado, no sea que hiciera algún planteamiento en la reclamación administrativa que pudiera coartar la estrategia de la demanda.
2 – Esto se basa en la figura legal del “error de consentimiento” que es, y reitero lo que tantas veces digo en Rankia, un asunto de hechos, del cómo, del cuando, del porqué, del a quien, a que perfil, con que conocimientos … , eso HECHOS, que serán la base, luego todos los informes, códigos éticos, informaciones que las entidades pudieran tener en el momento de la venta y que no estaban a disposición de un ciudadano cualquiera, etc., etc., lo que supondrán es una “decoración”, en ocasiones puede que muy relevante, incluso si se cuenta con un informe favorable de la CNMV, ni que fuera en plan descafeinado, apoyarán mas todavía LOS HECHOS, ahora bien si dichos HECHOS no responden a lo que se pretende, toda esta “decoración” valdrá para un carajo.
Acabo de publicar algo sobre esto de las reclamaciones en mi blog, es bastante generalista, pero en las reflexiones finales, va en este sentido.
https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1435498-servicios-reclamaciones
Saludos.-