Vamos a ver ..... pretenden que con una hoja sin firmar te sientas advertido de los riesgos, me parece que esto no va a sí, ....
En términos penales (peliculeros) está la figura del “acusado”, en este caso, si llegas a juicio, no hay acusado porque sería por la vía civil la que probablemente te recomendase tu abogado, en cuyo caso está el demandante (tu) y el demandado (ellos) pero para que nos entendamos hablemos en términos de acusado, que repito no es ….
Vamos a ver …. Cuando uno es “acusado” “demandado” se limita a defenderse, es el demandante, el que acusa, la parte actora creo que la llaman, la que tiene el problema de “la carga de la prueba”, es éste el que debe demostrar todo, el otro se limitará a defenderse, que como bien entenderás es mucho mas fácil ……… peeeeeeeeeeeeeeeeero hay alguna excepción, como por ejemplo cuando “el acusado” no ha cumplido con sus obligaciones legales, entonces “la carga de la prueba” se invierte, y es este demandado el que debe acreditar, demostrar que cumplió con la ley….. ¿y esto como te afecta? Pues muy simple, son ellos los que deben demostrar que te hicieron el test, que te advirtieron de los riesgos, de que te dieron la información pre contractual (folletos, información, etc.) y claro si estas advertencias no están ni siquiera firmadas parece que se les complica mucho la cosa, y si para no hacer el test se quieren basar en que tu no facilitaste datos, solo porque ellos lo dicen en un papelito, que tampoco está firmado por ti, ya me dirás en que caray se van a basar para acreditar, demostrar ….
Entonces todo esto apunta a que les faltan demasiados documentos, y no solo uno que al parecer no se le da mucha importancia, según los abogados, que es la información pre contractual, son algunos de los demás ….. no es que la información pre contractual no tenga importancia, pero si solo falta esto los bancos no quieren acuerdos de nada (en general) a veces, por lo que ha ido indicando en Rankia a lo largo de estos meses, cuando faltan los demás documentos, algunos foreros han llegado a acuerdos, han cobrado, la totalidad o en muy buena parte, sin necesidad de juicios. Lo que no recuerdo es si hay casos así con la CAM.
¿Entonces nada, esto está ganado? No, no quiero que te lleves esta impresión, porque no es así, solo que tu caso pinta mas a favor tuyo que otros que tienen todos los papeles en perfecto estado de revista …. ¿Qué pueden alegar ellos a su favor? Pues los hechos, actos propios creo que los llaman los abogados, y significa que como han pasado varios años, has recibido correspondencia, los datos para la declaración de impuestos, se presupone que estabas de acuerdo por “hechos”, por el mero “hecho” de aceptar los intereses, no mediar queja alguna, hasta ahora que la crisis ha provocado no sé qué ……
De hecho, no de esta entidad financiera, de un amigo mío, al que le faltan varios documentos como en tu caso, entre ellos el Test MiFID (*) la respuesta del SAC, es que como lo tiene de mas de 3 años, pues que se supone que tal …… no obstante dudo que la CNMV lo tenga tan claro, la verdad me sorprendería.
(*) Importante: Supongo que adquiriste esto después de noviembre de 2007, porque si fue antes no existía la MiFID, lo cual no significa que no hubieran otras leyes de protección al usuario de los servicios bancarios, es más, si tienes parte adquirida en … pongamos 2006 y otra parte en 2009, el test sería obligatorio para la parte invertida en 2009.