Si tienes la orden cursada consta recibida, sea con sello de entrada o con el acuse de recibo por burofax, si un empleado de la entidad receptora no cumple con tus instrucciones, no es tu problema, porque la orden estuvo y está vigente, por tanto si con posterioridad se cruzaron operaciones a mayor precio en el AIAF, y tienes pruebas (boletines) de ello se ha incumplido el reglamento, no puede ser tu responsabilidad dicho incumplimiento de la orden de venta. ¿sera suficiente? hay que esperar que responde el SAC a la multitud de quejas similares que tiene sobre la mesa, y que motivos alega para ello, y una vez obtenido esto, habrá que ver si la CNMV las considera o no y en base a que leyes o normativas. Ahora bien de la misma manera que te digo una cosa, te digo la otra, creo que asumiste un riesgo muy elevado con estos del 99,5%, cuando hay un problema de este calado no creo prudente el intento de "perder un poquito menos" cuando hay un problema creo que la rentabilidad debe pasar a un segundo plano, un 0,50 ó 0,75 puede suponer el éxito o fracaso, son los intereses de un mes y medio o dos, que en la vida económica no es nada es como dijo un forero en alguno de los hilos, no sé si este u otro, "una media mierda .....".Es muy probable que te sea suficiente, pero ahora imagina que tenían 400 solicitudes al 100, y 200 al 99, pues tu con este 0,50 te quedabas en el número 201, mal plan como puedes ver ............
Y esto vale para otros foreros que hemos visto por aquí al 99,75, e incluso uno al 99,99%, con todos mis respetos es un error, el tema si relees la guía es para avanzar en la cola, pues si se racanea con esto, lo que consigue es irse al final de la lista ...... en fin, esperar que dice el SAC, y a la vez que carezca de relevancia el precio por ser inferior a los cruces.