Re: ¿Con cuanta antelacion se debe anunciar a la entidad aseguradora que no se desea renovar el seguro?
De las primas no se informa si se debe a causas previstas en los mecanismos de la póliza, acostumbraos a los dos meses.
De las primas no se informa si se debe a causas previstas en los mecanismos de la póliza, acostumbraos a los dos meses.
En mi caso no es que no quisiera NO renovar la poliza del seguro , si no que lo quiero cancelar por venta del coche.
En la Mutua Madrilena me dicen que si que me lo cancelan, que tengo que mandar los datos etc etc, ... hasta aqui sin problema.
El seguro del coche lo renove el 3 de Marzo y lo estoy vendiendo esta semana (alrededor del 13 de Marzo). Y he pagado 263 euros por todo el ano.
Me dicen que el dinero proporcional lo guardan alli tipo un bono para cuando asegure yo o alguien de mi familia otro coche, pero NO lo devuelven.
Yo ya no coy a comprar otro coche y no voy a tener otro coche en Espana osea que la MUTUA Madrilena SE QUEDA CON MI DINERO , y me dicen que esta en los contratos.
Si esta en el contrato, lo que estan haciendo es ROBAR de manera legal, no?
No lo es. Pero desde luego es muy poco elegante. Devuelve el recibo si aún estás a tiempo de hacerlo en tu banco y que te den solución. Saludos,
Entonces, con tu forma de pensar, si tienes un siniestro a los 7 días de renovación, ¿cuánto te tienen que indemnizar? ¿El 100% de los daños o sólo la parte proporcional pagada?
Con la ley en la mano, no tienen porqué devolverte nada. Bastante hacen (como todas las compañías, creo), en compensar la parte proporcional con otra póliza que tengas o vayas a tener. Ellos no tienen la culpa de que no vayas a tener más coches (o pisos, o demás ramos de seguros).
Disculpa, pero me sorprende tu comentario. NO se si tu comentario es debido a que trabajas en una compania de seguros o que ....
En Espana y con el contrato en la mano , puede ser que sea asi, no he dicho que no en ningun momento , pero no deja de parecerme injusto.
Si se paga 365 Euros por ejemplo por ano y el siniestro es a los siete dias de la renovacion, los 7 euros correspondientes a cubirir el 100% de esos 7 primeros dias esta pagado y si al octavo dia se cancela se devolveria 365-8. Con numero simples... o a grandes rasgos, simplemente prorrateando.
Cuando se paga una anualidad, bien sea en seguros , o en tarjetas o en lo que sea, se esta adelantando dinero, no se paga a ano vencido.
Si la compania no considerara que el dinero es por adelantado no lo compesaria con otro seguro o lo que sea. OSea que lo que esta claro es que el dinero lo pagamos por adelantado.
Otra cosa es que ellos por contrato digan que no te lo van a devolver, e insisto eso es lo que no me parece justo.
Yo no trabajo en seguros , pero los uso y he usado en otros paises y en los casos que yo conozco si se devuelve.
Los seguros se pagan por adelantado porque entre otras cosas, la perfección del contrato con el pago es algo que fija la Ley de Contrato de Seguro, no las compañías por su cuenta. Empecemos por ahí. Tú contratas un servicio y lo pagas por adelantado, de otro modo sería muy fácil que a ti te lo prestaran y tú luego dijeras (como pasa a menudo) que te escaqueas del pago.
El tema de la devolución del recibo viene por el plazo que te permite el banco, no porque te lo aconseje. Pero si tienes esa situación, fracciona el pago y mira que por los importes que pagas no te manden a juicio monitorio, que te obligarán a pagar la prima anual en un juzgado.
Lo más fácil es que te pongas de acuerdo con el nuevo propietario y lo conviertas en nuevo tomador del seguro que tenías hasta ahora, habla con la Mutua para ver qué te dicen al respecto. Saludos,
La ultima opcion que comentas ya la he preguntado y sol dejan hacerlo con familiares
Insisto, se que es asi y que asi lo dice el contrato .... pero no me parece justo y me parece alucinante que os parezca tan normal. De todas maneras no le dare mas vueltas...no lo merece
Tú mismo te estás contestando. Se paga por adelantada una ANUALIDAD. Es decir, por contrato estás asumiendo el pago de un año entero para cubrirte un año entero. La compañía no tiene la culpa de que por causas ajenas a ella (venta, desguace, lo que sea), decidas deshacerte del riesgo asegurado a mitad de dicha anualidad. Ellos asumen el riesgo desde el día 1, y el 100% de dicho riesgo.
Por eso te he dicho lo del porcentaje. La compañía asume el 100% del riesgo, y querrá cobrar el 100% del seguro.