Re: Seguro cobertura de interés Caixa Sabadell
Este es para el defenson del cliente:
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TUS DATOS
Servicio de reclamaciones del Defensor del Cliente
Sr. JOSÉ ANTONIO SOMALO GIMENEZ
Edificio Trade – Gran Vía de Carlos III, 86, 6º-2ª
08028 BARCELONA
Estimados Sres,
Me pongo en contacto con ustedes a fin de dar poder dar solución al contrato firmado por CAIXA SABADELL y el Sr. ------------ en fecha XX de XXX de 2007, denominado CONTRATO DE GESTIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS, con número ----------------------.
El primer motivo es que esta parte desconocía a ciencia cierta el producto que contrataba, ya que esta entidad, hizo ver a el Sr. XXXXXX que lo realmente contrataba era un seguro que cubría las posibles oscilaciones del Crédito Personal y de la Póliza de Crédito que tiene con esta entidad, y no una permuta financiera.
El segundo motivo de la resolución del contrato es el elevadísimo coste que supone para esta parte mantenerlo, como se puede demostrar en el último recibo que ha sido cobrado a esta parte y que asciende a la cantidad de EUROS DOSCIENTOS VEINTE (220€), mientras que los beneficios que obtiene esta parte por mencionado productos oscilan entorno a los EUROS TREINTA (30€), por lo que desprende que estamos ante un contrato desproporcionado, donde el consumidor esta en una clara desventaja con la entidad financiera, todo ello de acorde a la Ley de Condiciones Generales de la Contratación.
Además en fecha 23 de marzo de 2009, ha sido expedida por esta Entidad un certificado en el que nos indica que para proceder a cancelar el productor objeto del presente, esta parte ha de abonar la cantidad de EUROS DIEZ MIL (10.000€), cantidad del todo abusiva , que conlleva una penalización o indemnización desproporcionadas por incumplimiento del consumidor, cantidad además que esta parte desconoce la fórmula que se ha efectuado por parte de CAIXA SABADELL para determinarla, ya que nunca ha tenido opción de evaluar el riesgo que conllevaba la cancelación del producto, ni la manera de hacerlo, ya que en el contrato firmado no se especifica con claridad la manera en que el consumidor lo puede dar por resuelto, punto que tenía que ser expuesto con claridad por CAIXA SABADELL, ya que nos encontramos ante un producto catalogado por la CNMV como de ALTO RIESGO Y COMPLEJO.
Hay que hacer mención también que el capital que este producto tenía como cobertura es de EUROS TRESCIENTOS MIL (300.000€), cantidad que no se adaptaba para nada a las necesidades del Sr. xxxxxxx, que en aquel momento regentaba un pequeño negocio, por lo que esta cantidad era del todo innecesaria y desproporcionada, lo que demuestra el bajo nivel de cualificación del personal que ofreció este producto. Con este producto, que decían que era sólo para empresas o autónomos, utilizaban también el importe que se tenía cómo deuda en hipoteca para aumentarlo hasta esta cantidad, mientras en CAIXA SABADELL sólo teníamos una póliza de EUROS DIEZ MIL (10.000€) y un crédito personal de EUROS SETENTA Y CINCO MIL (75.000€).
Por todo lo expuesto, le comunico, que necesitamos ayuda urgente por no poder atender a los pagos que según nos han asegurado en la oficina nos vendrán en breve. A tenor de que se incumple claramente Ley de Condiciones Generales de la Contratación.
En xxxxx, a xx de abril de 2009.