Os cuelgo una noticia sobre una sentencia de la Audiencia Provincial de Alava. Ausbanc no facilita la sentencia ni da mucha más información. Estrategia de markentig. Habrá que esperar tres meses para que salga publicadas en las bbdd.
Vitoria, 23 abrIL (EFE).- La Audiencia provincial de Álava ha dictado una sentencia en la que anula un contrato del producto denominado "Clip Bankinter", comercializado de "forma defectuosa con omisión de información básica que generó serios perjuicios a su cliente".
Así lo ha asegurado hoy en rueda de prensa en Vitoria la Asociación de Usuarios de Servicios Financieros (Ausbanc), que ha destacado que sus servicios jurídicos han conseguido la primera sentencia condenatoria en el País Vasco para Bankinter por la comercialización de estos productos.
La demanda fue interpuesta por los servicios jurídicos de Ausbanc Empresas en el País vasco y, según la resolución judicial, Bankinter "tendrá que abonar al cliente 31.475 euros más los intereses legales desde abril del 2007, fecha en que se produjo la cancelación del producto".
Según Ausbanc, los conocidos como "Clip Bankinter" y otros productos similares de otras entidades bancarias están generando una "verdadera alarma social" ya que fueron comercializados "como seguros" cuando en realidad "se trata de productos de inversión de alto riesgo y en absoluto ajustados al perfil del cliente".
Ausbanc ha señalado que está recibiendo multitud de reclamaciones derivadas de la contratación de estos contratos.
El cliente que ha logrado que se anule el contrato se trata de una pequeña empresa de Álava, dedicada a la importación, a la que se ofreció un llamado "Clip Divisa", con el que supuestamente "lo que se aseguraba era la fluctuación en el mercado de los tipos de cambio de la divisa", ha explicado Ausbanc.
No obstante, según ha precisado esta asociación, la realidad del funcionamiento del "clip" puso de manifiesto que el producto "sólo generaba perjuicios y que cuando llegó el momento de la cancelación, Bankinter cargó en la cuenta del cliente la cantidad de 31.475 euros "sin que en forma alguna se le avisara y explicara de dónde surgía dicha liquidación".
La sentencia incide en la "defectuosa información a la hora de comercializar el producto y la oscuridad del contrato" ya que tal y como esta redactado "no puede ser comprendido por la generalidad de los usuarios, puesto que además se trata de un producto impropio de una pequeña empresa o de particulares", ha aclarado Ausbanc.
En el contrato, según la asociación, no se explican los riesgos que asume el cliente al contratarlo ni las fórmulas que la entidad emplea en las liquidaciones, cuya cancelación final tiene un gran coste para el cliente.