Reclamación diferencias de indemnización por Responsabilidad Civil de un tercero en siniestro de hogar.
En diciembre de 2008 tenemos un siniestro en una segunda vivienda de nuestra familia, pero que utilizamos nosotros, y por esta utilización contratamos un seguro de hogar con sobreprima, obviamente, al no tener ocupación continuada, la reclamación se hace a través e nuestra compañía que es de banca seguros (con la iglesia hemos topado, para variar), y ésta se encarga de reclamar a la compañía del causante, fue elección de ambas compañías, y a nosotros, entendemos, nos es mas cómodo que nos liquide con quien tenemos contrato de seguro.
Al tratarse de una inundación importante optamos por no pintar hasta que el secado del agua estuviese listo, ya que pintar con humedades puede suponer un problema, por tanto pintamos pocos días antes de semana santa, lo que en principio parece una correcta elección, ya que estaba por fin todo seco, para mayor seguridad antes de pintar se puso un par de capas de anti moho, aún cuando se quitó toda la pintura deteriorada.
En fecha 05/06/2009 nos hacen un primer abono del importe evaluado por ellos hasta la fecha, que no coincide con los presupuestos y facturas presentadas, de entrada y aún cuando la mayoría de facturas son definitivas, obvian el abono del IVA, como si todo fueren presupuestos, hablamos con el perito indicándole que la limpieza de los sofás no ha surtido el efecto esperado, el perito se persona de nuevo y conviene con nosotros que efectivamente llevamos razón y que el tapizado sigue con manchas y procederá a “reorganizar” el importe de la indemnización (huelga decir que disponemos de la factura de compra, con lo que podemos demostrar que su antigüedad no supera los 4 años).
Llegados a este punto en fecha 23/07/2009 procedemos a remitir carta de reclamación por diferencias de importe (hablamos de unos 1.700 €), con copias de las facturas definitivas de los gastos realizados, no obtenemos respuesta, en fecha 13/08/2009 segunda carta de reclamación, obviamente sin respuesta, en fecha 19/08/2009 tercera carta de reclamación y siguen con la callada.
Aquí procedemos a llamar al perito, el cual dice (no creo que lo escriba) que hasta el 21/07/2009, a dos días de la tercera carta de reclamación le han pasado el expediente a él para su nueva evaluación.
Bien vistos estos antecedentes (largos antecedentes), se me plantean las preguntas siguientes:
¿Cuál es el paso siguiente?, a los 40 días de la fecha de reclamación, o sea a partir del 3 de septiembre, ¿debo remitir una carta de nueva reclamación a la compañía?, ¿debe la compañía darnos explicaciones del porque no se abona esta diferencia, y cuál es el desajuste en su caso?, ¿Qué plazos debe respetar en caso de que exista algún desacuerdo, cosa que no sé, ya que no conseguimos que nos den explicaciones ni a favor ni en contra?, ¿debemos ya proceder a remitir una carta al defensor del asegurado, caso de que exista en dicha compañía?.
A ver si algún técnico en esto me “tira un cable”.
Saludos.-