En el mercado anglosajón de seguros y derivado de la commnon law, existe un concepto que para mí es muy interesante: el demérito.
Incluso se aplica en seguros de daños directos.
El mismo se aplica en multitud de ocasiones y, en España, tan solo he conseguido encontrarlo en pólizas de seguro de hogar muy concretas, dirigidas a clientes con grandes masas patrimoniales y en los productos de Chubb e Hiscox. En materia de Responsabilidad Civil ni una lo ofrece porque el marco legal no obliga a dicha exposición al riesgo con un eventual tercero al que ni siquiera se conoce a priori.
En el Reino Unido, en cambio, suele ser de aplicación hasta en autos: imaginemos que tengo un coche de tres semanas y sufro un accidente causado por un tercero. Obviamente si al cabo de un año pretendo vender mi coche un experto reconocerá que ha sido reparado y ello puede conducir a una merma en la valoración del usado. Pues bien, en el mercado anglosajón de seguros a la indemnización del daño se le sumaría un porcentaje, en función de la edad del vehículo, destinado a compensar ese demérito que produce el hecho de haber sufrido daños. Sin más, es algo automático.
En España eso es una utopía puesto que el principio indemnizatorio se ciñe a reparar el daño efectivamente causado. No he visto jamás una sentencia en el sentido de repara un daño estético en el coche aunque sí en el de reparar toda la pieza y no solo un recuadrito (hasta ahí llegan algunas ratas aseguradoras...). Por cuanto al "perjuicio patrimonial puro", "perdidas consecuenciales", etc baste ver lo que ocurre con los famosos coches sustitutivos alquilados: aún demostrando los problemas que conlleva carecer de vehículo temporalmente muchas sentencias no contemplan al coche sino como un elemento suntuario. Recuerdo una en la que el médico pediatra de un pueblo con una cierta área rural a su cargo en lugar de recuperar el pago de su alquiler de coche recibió como contrapartida el valor de un billete de bus diario... (caso real y cierto). Del perjuicio moral, mejor no hablar...El concierto más cutre lo constituye el famoso baremo de daño corporal que mete en un mismo saco y con café para todos el principio indemnizatorio, las pérdidas consecuenciales y el perjuicio moral. ¡Todo un espectáculo legal!
En todo caso entiendo que "Deberá restituirse, siempre que sea posible, el mismo bien, con abono de los deterioros y menoscabos que el Juez o Tribunal determinen" se cumple a la perfección con la indemnización o reparación de la zona dañada. En ningún caso el texto que señalas hace referencia a cosa alguna que no haya sido dañada aún estando adyacente a la cosa dañada. La restitución afecta al daño emergente, exclusivamente.
A mí no me gusta nuestro escenario. Prefiero el británico. Si Hiscox y Chubb se atreven con el descabalamiento que va mucho más allá del daño estético cabe considerar que el resto de aseguradoras estaría en condiciones de hacerlo... cobrando.
El problema surge cuando ese riesgo que se asume se tiene que transformar en una prima y, entonces, aparecen dos ojos como platos y el desconcierto "¿que esto vale qué?" (la prima mínima de un seguro de hogar Masterpiece de Chubb son 3.000 € más impuestos; de ahí en adelante...)y es que la calidad de la cobertura hay que pagarla. Si alguien cree que su seguro con Linea Directa Hogar o Santalucía (por decir algo) va a integrar una cobertura de este tipo alucina, simplemente porque el target de estas aseguradoras no puede pagar este tipo de coberturas. Aclaro que la prima de Chubb no solo procede del descabalamiento puesto que la póliza tiene muchísimos argumentos definitorios adicionales que justifican sobradamente que destaque junto a la de Hiscox por encima de cualquier otra opción. Le sigue en calidad Nationale Suisse.
Lo mismo ocurre con los seguros médicos: puedes imaginar que entre un seguro de la compañía XXX con una prima de 35 € no se cubre lo mismo, ni las mismas técnicas quirúrgicas o diagnósticas, ni en los mismos hospitales, ni con los mismos profesionales sanitarios que con el Top Health de DKV donde el seguro puede costar 600 € al mes para un solo asegurado. NO PUEDE SER LO MISMO y de ahí que si el primero te suelta un "el mejor seguro por solo..." simplemente miente. Si te dijera "te damos lo mejor que puedes comprar con solo 35 €" estaría siendo honesto pero no venderia un carajo. ¿El consumidor prefiere ser engañado? Yo estoy convencido de ello. Si no, un vistazo a la realidad que aparece en Rankia.
Tal vez me haya ido por los cerros de Úbeda. Bonito paisaje. Perdonad la divagación.
Saludos,