Para nada amigo. Me temo que me has malinterpretado, porque yo estoy del lado del cliente mal informado y en este caso es a quien defiendo.
Y no uso un tono condescendiente sino experto, porque me dedico a esto. Además que mi comentario coincide con lo que tu dices. Si no te han explicado los gastos, los desconocerás. ¿O no es así?
Y ahora te voy a corregir, también en beneficio del consumidor;
Dices que "la responsabilidad en parte puede ser del que contrata", pero eso no es así.
La ley de distribución de seguros y la directiva europea IDD, que regula la comercialización y distribución de Productos de Inversión Basados en Seguros (IBIP,s/PRIIP,S) es tajante y dice explícitamente, que es responsabilidad del mediador, asesor o comercial, explicar de forma fácilmente comprensible costes y riesgos asociados a su inversión.
Aqui lo explican muy bien:
“Son los productos de seguro que ofrece un valor de vencimiento o de rescate expuesto total o parcialmente, y directa o indirectamente, a las fluctuaciones del mercado”
Es decir, son los productos cuyo valor final o rescate tiene al menos una parte variable y, por tanto, no se puede determinar al contratar el seguro.
La regulación en materia de PRIIPS está Inspirada en la normativa MIFID en la que se denominan en Ingles con las siglas "PRIIP" que significan "Packaged Retail and Insurance-based Investment Products" es decir, "Productos de Inversión basados en Seguros".
¿Qué obligaciones de información tienen quiénes vendan IBIP's?
Con carácter general se facilitará a los clientes, con el tiempo suficiente antes de celebrarse un contrato, información adecuada sobre los productos de inversión basados en seguros objeto de distribución así como sobre los costes y gastos asociados.
Esta información se facilitará de forma comprensible, de tal modo que los clientes puedan comprender razonablemente la naturaleza y los riesgos del producto de inversión basado en seguros ofrecido y, por tanto, adoptar decisiones de inversión fundadas.
¿Qué debe contener como mínimo esa información?
- Cuando se ofrezca asesoramiento, el mediador de seguros o la entidad aseguradora indicarán si se proporcionan o no al cliente evaluaciones periódicas de la idoneidad del producto de inversión basado en seguros recomendado.
- Orientaciones y advertencias sobre los riesgos conexos a los productos de inversión basados en seguros o a determinadas estrategias de inversión propuestas.
- Información sobre todos los costes y gastos asociados, incluidos: el coste de asesoramiento, cuando proceda, el coste del producto de inversión basado en seguros recomendado o comercializado al cliente y la forma en que éste podrá pagarlo, así como cualesquiera pagos relacionados con terceros. Esta información se facilitará al cliente de manera periódica, y como mínimo una vez al año, durante el ciclo de vida de la inversión.
Insisto. Creo que me has malinterpretado.