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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#2671

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola estoy cobrando subsidio 55.
Tendré un ingreso este mes de 1500 euros de un depósito bancario a un año.
Este ingreso computa por meses o por año es decir dividir de 12?.
Si lo divido no me pasaría.
Además estoy casado en gananciales.
Pero el depósito está solo a mi nombre.
Gracias.
#2672

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Efectivamente como dividido por 12 no te pasas del máximo de rentas mensuales nada que declarar al SEPE, ten en cuenta tambien otras posibles rentas que puedas tener por si te pasaras.
#2673

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Divida el rédito del depósito entre los meses que lo contrató. Divida esa cantidad entre dos, por lo del régimen económico matrimonial. Actúe, a efectos de comunicar a SEPE en consecuencia.
O lo que es lo mismo: el mes de cobro de intereses es el mes de referencia a efectos de cálculo de límite de rentas.
Sólo hay que comunicar situaciones que supongan la suspensión y/o extinción del subsidio.
En definitiva, lo que le comenta Euroramon.

#2674

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias 
#2675

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Aplazado hasta el próximo año la obligación de hacer la declaración de la renta si se está cobrando algún subsidio, de momento queda igual que los años anteriores.
#2676

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Que inseguridad jurídica, que inseguridad en todo, que desastre .
#2677

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

En septiembre cumpliré 80 años, he vivido muchas gobiernos, situaciones y acontecimientos, pero jamás se ha vivido con la incertidumbre, la inseguridad en todo y todo es todo, desde que te vayas unos días con el IMSERSO y cuando vuelvas te encuentres que tu casa te la han ocupado y que durante años te quedas sin casa y tienes que pagar los servicios y a callar.
La inseguridad que de un momento a otro, nos metan un bocado a nuestros ahorros vía impuestos.
En fin esto es un desguace total de este maravilloso país aun llamado España.
#2678

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

¿Dónde está publicado?
No he visto nada

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#2679

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

El BOE ha publicado este viernes una orden del ministerio de hacienda por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF, en la que no viene recogida la obligación de declarar para los perceptores del subsidio por desempleo.
El ministerio de trabajo ha informado de que la obligación se ha aplazado hasta 2026.

#2681

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Una orden o una instrucción no tienen más fuerza que una Ley, me temo que esto generará problemas.
La instrucción del SEPE de la que habla la noticia no la conozco, echaré un vistazo a la orden de hacienda.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#2682

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Muy cierto lo que comentas, pero si el que tiene que aplicar la ley el SEPE, dice que este año no la va ha aplicar tampoco le veo demasiado problema, se va ha quejar alguien, me parece que no.....
#2683

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

La explicación que ha dado trabajo es que dado que la medida entró en vigor el 1 de noviembre y afecta a un número reducido de beneficiarios, los que se les reconoció la prestación a partir de esa fecha, ya que no podía aplicarla con efectos retroactivos al resto que ya la tenían reconocida con anterioridad, por eso ha optado por corregirlo mediante esa instrucción.



#2684

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Me enteraré de esa instrucción.
De momento, la orden de hacienda no cambia nada, ni aplaza nada. Mantiene que para hacienda no es obligatorio hacer la declaración de renta por el mero hecho de cobrar alguna ayuda del SEPE, por lo tanto se mantiene lo que hablábamos este tiempo atrás, de que el SEPE no podrá suspender el subsidio a quien no haga la declaración de renta mientras no esté obligado según esta orden de hacienda.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#2685

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

A ver si alguien me aclara esta duda.

Tengo una cuenta  en la que los intereses se devengan  diariamente, pero no se suman a la cantidad que hay. El pago de los mismos se hace a 31 de diciembre. 

¿Esos intereses que pagan sólo un día al año hay que dividirlos por el tiempo en el que se han generado, días o meses,  o como se pagan de una vez, como sobrepasa  la cantidad mínima, hay que comunicarlo?

Por ejemplo a del 1 de abril al 31 de diciembre en esa cuenta se habrían generado 1000 € de intereses que pagan ese día.

¿Esos 1000 € hay que dividirlos entre el tiempo que se han generado, por lo que no llegarían al límite ningún mes,  o se consideran pago único de diciembre y se tendría que comunicar?

No sé si me he explicado.

Gracias.