Si el resultado de dividir el ingreso extraordinario en doce partes iguales no supera los 888 euros mensuales, entonces se puede seguir cobrando el subsidio con normalidad, aunque siempre tiene que comunicarlo al SEPE para que se revise si con esa renta y otras distintas que pudiera tener (sin contar el propio subsidio, claro), se supera el tope de rentas.
• b) Si el resultado de esa división en doce partes es superior a los 888 euros, se suspende el cobro del subsidio durante un mes, es decir, en el mes en el que se han declarado los ingresos no se cobrará la ayuda.
Calcular las rentas no siempre es sencillo y como es obligatorio comunicar las variaciones de ingresos aconsejamos que siempre se comunique al SEPE cualquier ingreso extraordinario que perciban sea cual sea su procedencia, para evitar sanciones y pérdidas de la ayuda.
La sentencia del tribunal supremo que lo cambia todo
Sin embargo, a principio de 2023 el Tribunal Supremo dictó sentencia afirmando que el cobro del plan de pensiones es compatible con el subsidio para mayores de 52 años y que ese capital no debería tenerse en cuenta a la hora de establecer la renta del beneficiario. Esto contradice lo que se venía aplicando, ya que el tribunal supremo considera que no es un aumento de patrimonio, sino que se rescata dinero que ya pertenecía al titular. Por tanto lo único que se hace con el rescata es transformar nuestro patrimonio de un plan de pensiones a dinero líquido.
Eso sí, el cobro del plan de pensiones computa para el cálculo del IRPF, que sería un segundo pagador influyendo también en la obligación de realizar la declaración de la renta. Además hay que tener en cuenta que cuanto más dinero rescatemos, más dinero tendremos que pagar en la declaración por él.