Tu tendrás el conocimiento que quieras tener, pero la realidad es que tus respuestas en la mayoría de la veces son bastante "técnicas" y complicadas de "digerir", afortunadamente siempre hay otros compañero que las aclaran de una forma mas sencilla y afable de entender.
#2719
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Te lo mando por vía mail, ya que no enlazo links de webs privadas desde el foro Rankia. Saludos.
#2720
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Voy a responder al artículo, que no a ti, que has publicado de una forma sencilla y afable de entender.
Del 1 de marzo de 2020 al 5 de julio de 2023 hubo una pandemia.
Mire señor tres cantos, no iba a responderle, porque esto tiene pinta de acabar en un debate vacío, pero viendo que insiste, le diré: 1.- Critico sus formas, no sólo no se disculpa ni las cambia sino que insiste en ellas. No sus opiniones, tiene todo el derecho del mundo a opinar lo que desee, hasta ahí podíamos llegar. 2.- Adecco es conocida por intentar usurpar servicios públicos, por lo tanto dirá lo que le interese para intentar justificar que ellos hacen el trabajo mejor que la administración. En cualquier caso no le he discutido el dato.
"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos
#2722
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Solo entro para apoyar a @franjgr por toda la labor que hace en este foro y en mi caso concreto es de gran ayuda.
#2723
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Yo también, un abrazo Franjgr.
#2724
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Buenos días; La pregunta es referente a los fondos de inversión de distribución. Me gustaría saber con certeza si se aplica interés presunto para el cálculo de límite de rentas a la masa invertida en el fondo además de las rentas obtenidas por los dividendos. Ejemplo capital invertido 10.000€ reparto dividendos dos veces al año primer reparto 300€, segundo reparto 280€ sobre los 10000€ que se quedan en el fondo y no se venden se aplica el 3.25%? Yo pensaba que sí, pero hay quien dice que no. ¿Alguien tiene alguna experiencia similar con el sepe?
El diferente trato a efectos de rendimiento, presunto o efectivo, viene dado por el tipo de fondo. Como comenta, UD dispone de un fondo de distribución, y efectivamente, al dar rendimiento en forma de intereses (dividendos), es de aplicación la regla de dividir entre doce en base a un rendimiento efectivo (el del propio dividendo). Posiblemente, haya leído que se aplica un interés presunto en el caso de fondos de inversión "en general"; es decir, fondos de inversión de acumulación, que no reparten dividendos (en este último caso y mientras no se vendan, SEPE aplica un interés presunto).
#2728
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Muchas gracias Wediehard y franjgr por contestar a esta duda. En realidad, no dispongo de ningún fondo de distribución, sí de acumulación, siendo así, pienso que contratar alguno, puede ser útil para minorar el cálculo presunto del capital invertido. Es una gozada poder obtener respuestas tan rápidas y aprender tantas cosas en este hilo, hacéis una gran labor. Gracias de nuevo
#2729
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Buenos dias, tengo una propiedad compartida en venta con unos familiares, en caso de venta como debo proceder?
Buenos días. Si el importe del beneficio obtenido por la venta dividido por 12, sumado a otras rentas que puedas tener es superior a 888 € debes comunicarlo al SEPE, para que te suspendan el subsidio durante un mes.