si hubieras pedido que te los finiquitaran a los 18 meses, no los hubieras perdido?
#34263
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Gracias a todos por querer aclarar la situación pero por desgracia para mi es asi y os explico para que lo tengais en cuenta . Yo pensaba que no se perdian nunca pero tanto en mi convenio como en el general es asi .Se pierden cuando pasan 18 meses desde 31 de diciembre del año en que se generan ( en mi casa todo 2022)hasta el alta. El no saber esto es porque lo irregular y lo que no tendria que pasas es que las IT se alarguen pasados 24 meses como esta ocurriendo en la actualidad ( en mi caso 29 meses de IT )
#34264
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
No, pero yo no podia decidirlo, es la empresa .
#34265
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Muchísimas gracias,sabes cuándo se cobraría primer pago ,muy amable
#34266
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Gracias
#34267
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Así es. Vergonzoso
#34268
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Sobre todo lo comento para que lo tengais encuenta por si os puede pasar, para mi a sido un batacazo mas, pensaba tener mas margen de tiempo para preparar la incorporación .
#34269
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Laura Cariñete!!! Aquí luchando y deseando para ti que cada día que pase sea mejor y con mucho cariño! Es lo que comentaba a mi también a los 545 días me las finiquitaron y claro esta que no tuve derecho. Pero que no te las finiquiten y las pierdas? La verdad es que creía que no.
#34270
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Pues muchas gracias, es que todo son sorpresitas... , digamos que se pierde tras pasar 18 meses desde la diciembre del mes que las has devengado? Para entenderlo bien, que parte de vacaciones has perdido ? Cuales tenias y cuales has perdido?
#34275
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Eso no es asi, No tiene porqué, la empresa tiene la opción de las dos cosas, o finiquitarlos o darlos cuando sepa resolución del INSS, lo que no puede pasar nunca es qie pierda esos 45 días de vacaciones generados por esos 18 meses de baja