Hola amigos, a pesar de ir al día en el foro, todavía me estoy leyendo todas las paginas que me faltan, voy por la 650, jeje. y se me presenta una duda, como ya he dicho post atrás, voy por el punto tres concluido y sigo con los ocho, si me la denegaran, pudiera ocurrir que al volver a la empresa y no poder desempeñar mi trabajo habitual, la empresa me despidiera por ineptitud sobrevenida o directamente me echaran por llevar tanto tiempo de baja, y claro yo tendría mi paro.
Mi duda es: si me conceden la IPT, me la revisan a los seis meses, me la quitan y dicen que tengo que volver a trabajar, vuelvo a la empresa y me despiden, ya no tendo derecho a paro?después de tantisimos años?, o he entendido mal algunos post que he leído antiguos y estoy equivocado?. Gracias y saludos.