Hay mil bulos circulando por ahí y alguno de ellos los sembró el propio Director General del SEPE en una entrevista en la que demostró no tener ni idea del trabajo del organismo que dirige.
El RD 1369/2006 que regula la RAI queda derogado a partir del 01 de Noviembre en base al contenido del RDL 2/2024. Esto quiere decir que no podrá concederse una ayuda en base a este RD porque ya no existirá, ni por parte del SEPE ni por parte de ningún otro organismo y no hay ninguna causa ni justificada ni sin justificar que permita rehabilitar este documento para que le concedan esta ayuda a posteriori.
Lo que el gobierno ha dicho, en varias ocasiones es que los colectivos que eran cubiertos por la RAI pueden ser cubiertos por el IMV que tramita el INSS, lo que es cierto. Hasta ahora estos colectivos tenían que tramitar dos ayudas y cobrar una parte de un organismo y otra parte del otro, a partir del 01 de noviembre sólo pedirán una ayuda.
Pero el IMV no es la RAI, tiene otro articulado y otros requisitos, hay gente que si que tenía derecho a las dos, pero hay gente que tenía derecho a la RAI y no al IMV y que ahora no podrá cobrar ninguna ayuda. En principio serán miembros de unidades familiares con recursos, pero dado que el IMV se calcula con los ingresos del año anterior podría haber situaciones injustas.
"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos