Si ,comunicar tipo de trabajo, grupo profesional, y describir funciones con exactitud , por supuesto que es obligatorio,... Todo lo demas, menos el informe medico, recomendable por el hecho de que te asegures que no te citen para una revision por posible incompatibilidad..
Aunque yo creo que no hace falta tanta parafernalia, lo realmente importante es que veas claro que no tiene nada que ver tu profesion habitual por la que te concedieron IPT , con esa nueva profesion, ni en funciones ni en grupo profesional y teniendo en cuenta tu patologia, y ya no por miedo a que te quiten la pension, sino por tu salud....
No es tan complicado , es sentido comun, si un trabajo te puede perjudicar mas, no lo cojas, pero ya por ti....No por la pension,... El INNS no exije nada que no sea coherente,, aunque si es verdad que segun que patologias , es delicado encontrar ese trabajo compatible...Puede ser hasta muy complicado...
Si me preguntas por absoluta,,, Mi opinion no va a ser muy popular,, pero yo entiendo que una absoluta ( para todo tipo de trabajos, como asi se indica) ya lo dice la palabra,, Yo desde luego seria coherente y no trabajaria en nada, por mucho que hayan habido sentencias ultimamente sobre discriminacion a los incapacitados absolutos, El INSS no te prohibe nada,, simplemente si tienes absoluta y trabajas ( incluso ONCE) tienes muchas posibilidades de que te bajen de grado a TOTAL, o por lo menos el riesgo esta ahi... Y segun mi opinion me parece coherente...
Pero tambien es cierto que cada caso es un mundo y cada patologia otro, y no se puede generalizar.