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Condiciones de acceso a RAI - Subsidio

117 respuestas
Condiciones de acceso a RAI - Subsidio
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Condiciones de acceso a RAI - Subsidio
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#16

Re: Condiciones de acceso a RAI - Subsidio

Hola de nuevo , me quedo una duda una vez agotada la RAI hay que esperar 1mes de espera para solicitar la ayuda de 52 años?
#17

Re: Condiciones de acceso a RAI - Subsidio

¿Aún no has cumplido los 52 años ? 
En tu caso la clave está en la fecha en que cumplas los 52 años.
 Solicítalo al día siguiente en el que cumplas dicha edad. 
Si ya los tienes,  solicítalo mañana mismo.
#18

Re: Condiciones de acceso a RAI - Subsidio

El dia 23 de enero se acaba la RAI y el 15 febrero cumplo los 52 .. o sea el 16 febrero  lo solicito.verdad?
#19

Re: Condiciones de acceso a RAI - Subsidio

Evidentemente. 
#20

Re: Condiciones de acceso a RAI - Subsidio

 En la web del sepe pone este requisito entre otros:
  • Estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo, habiendo cotizado por desempleo, al menos, entre 90 y 359 días.
 Pense que esto significaba que debes antes cotizar min. 90 dias  para poder solicitar el subsidio de 52
#21

Re: Condiciones de acceso a RAI - Subsidio

Como le ha dicho Angelneu, mantenga al día su demanda de empleo, y si no encuentra laboro hasta el día de su cumpleaños (52), rellene la solicitud de Subsidio de Mayores de 52, al día siguiente.
El supuesto que describe se refiere a quien no tiene vía de acceso para acceder a este subsidio.
Saludos.
#22

Re: Condiciones de acceso a RAI - Subsidio

 Las personas que, en la fecha en que se encontraron en el supuesto previsto en el artículo 274.1, cumplieran todos los requisitos establecidos en el primer párrafo de este apartado, salvo el de tener cumplida la edad de cincuenta y dos años, podrán solicitar el acceso a este subsidio a partir de la fecha en que cumplan dicha edad, siempre que cumplan el resto de requisitos establecidos en el párrafo primero y que hayan permanecido inscritos ininterrumpidamente como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo desde la fecha del agotamiento de la prestación contributiva o de la situación legal de desempleo, hasta la fecha de la solicitud. En este supuesto se considerará como fecha del hecho causante la del cumplimiento de la edad de cincuenta y dos años.

 A los efectos previstos en este precepto, las personas que hayan percibido o agotado la Renta Activa de Inserción regulada en el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo, la prestación por cese de actividad regulada en el título V o el subsidio extraordinario por desempleo previsto en la disposición adicional vigésima séptima de esta ley, no se asimilan a quienes se encuentren en la situación prevista en el artículo 274 .1

Hola de nuevo hay dudas en este parrafo del decreto del boe el no se asimilan .. que quiere decir? que quienes perciban o hayan agotado la RAI no tienen opcion a solicitar la ayuda? 
#23

Re: Condiciones de acceso a RAI - Subsidio

que quiere decir? que quienes perciban o hayan agotado la RAI no tienen opcion a solicitar la ayuda? 
NO quiere decir eso.

Quiere decir que la RAI no es una vía de acceso al subsidio.
¿Tiene una vía de acceso anterior ? 

Ya le respondí a esto en este hilo.



#25

Re: Condiciones de acceso a RAI - Subsidio

El tribunal supremo dijo hace unos años que la RAI se asimilaba al subsidio a efectos de poder acceder al subsidio para mayores de 55 años.
Pues con la nueva reforma queda claro, por Ley, que RAI, e incluso SED, no se asimilan a un subsidio a efectos de acceder al subsidio para mayores de 52 años.
Y ya, no está en el párrafo de la causa de acceso ni nada que genere dudas.
Para mí esta clarísimo. 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#26

Re: Condiciones de acceso a RAI - Subsidio

Ya le dije que Vd. NO debe invocar la RAI para solicitar este subsidio porque NO es una vía de acceso;  y mucho menos con la nueva reforma;  que lo deja meridianamente claro.

Usted,  para acceder al subsidio para mayores de 52 años,   debe invocar el agotamiento de una prestación ANTERIOR en el tiempo,   MÁS el haber permanecido ininterrumpidamente inscrito como demandante de empleo desde entonces.

Espero haberme explicado.


#27

Re: Condiciones de acceso a RAI - Subsidio

Se lo digo de otra forma;

el haber percibido la RAI,  NO le impide acceder a este subsidio si tiene una vía de acceso anterior.


#28

Re: Condiciones de acceso a RAI - Subsidio

Es que el subsidio para mayores de 52 años,  con la nueva reforma,  solo hay dos cambios.

1) La compatibilidad con trabajo 
2) El cerrar definitivamente la invocación de SED o RAI como vía de acceso.

El resto es idéntico.
No entiendo tanto revuelo con este subsidio,  donde prácticamente no cambia nada.
#29

Re: Condiciones de acceso a RAI - Subsidio

 Ahora dicen que los que cobramos el subsidio para mayores de 52 años , tenemos que presentar la declaración de hacienda.eso es correcto? 
#30

Re: Condiciones de acceso a RAI - Subsidio

Echa un vistazo por aquí abajo,  que ya se ha tratado en este foro.