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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

559 respuestas
Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
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#151

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Gracias indagaremos a ver cuándo pasen estos días que tengo muchas cosas encima .
#152

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola None, sigues siendo pensionista, antes por incapacidad y ahora por jubilación. Pagas el 10% con un máximo de 8, algo euros al mes si ganas menos de 18000 euros anuales y de 18, algo al mes si ganas más 18000.

Ojo, el cálculo va con dos años de diferencia en el 2024 se paga conforme a lo que ganaste en el año 2022.

Un saludo 
#153

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Uy uy uy por jubilación no ....que tengo 42 años 😁 me sale que pago un máximo de 18 euros o así y me pregunto si lo habrán regulado desde que me concedieron la IP o no🤔
#154

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Perdona por lo de la edad, me he pasado 😃😃😃. En el momento que te concedieron la IPT pasas a pagar el 10% y luego un tope como te he explicado antes. Si pagas 18 euros y algo al mes es porque en el 2022 ganaste más de 18000 euros brutos.
Un saludo 
#155

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Buenos días José Luis, que va no he ganado esa cantidad, si cobraba menos de it que ahora de ip igualmente que cobro unos 10.000 anuales. Llamaré a la seguridad social a ver para informarme
#156

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Buenos días None, si, si puedes llama porque no cuadran las cantidades con lo que pagas.
Todos los pensionistas, ya sea de IP o de jubilación pagan un 10% por los medicamentos. Luego el tope se pone en función de lo que ganaste dos años antes, yo gane menos de 18000 euros en el 2022 y pago un tope de 8 euros y algo al mes.
Por lo que cuentas no cuadra que tú tengas que pagar 18 euros y algo, que corresponde al tramo de 18000 en adelante.
Un saludo 
#157

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Si es así si. Porque imagino que no cuentan los ingresos del cónyuge entonces todo lo que he pagado de más se me abonará? 
#158

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola None, solo cuentan los ingresos tuyos, nada más, cada uno paga en función de lo que gana el mismo.
No tengo ni idea de si se te puede abonar pero lo primero que tienes que hacer es hablar con el INSS para corregir tu situación.
Ellos miran tus datos una vez al año y ya está, por ejemplo este diciembre verán las ganancias de cada uno del 2023 y según eso pagará en el 2025.
Yo se que una persona pidió lo pagado de más un año pero lo tuvo que hacer a través de la declaración de la renta y se había guardado todos los tickets de la farmacia para hacerlo bien.
Un saludo 
#159

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Uff vete a saber dónde están los tickets esque fui precisamente ayer y vi que ponía abajo aportación hasta 18€ y pensé los pensionistas no pagan menos? Por eso no se llamaré y ya os diré por si me sirve a alguien de referencia. Gracias 😊
#160

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Y el tema transporte público aquí en Barcelona alguien sabe algo🤔 y otra cosa la paga doble es este mes ? A finales? Hoy estoy preguntona 
#161

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Buenas tardes None41! En respuesta a tu pregunta, la cobertura de la medicación para pensionistas de incapacidad permanente total depende de varios factores:

1. Rentas:
  • Si las rentas anuales del pensionista no superan los 18.000 euros, no tendrá que pagar nada por la medicación.
  • Si las rentas anuales del pensionista se encuentran entre los 18.000 y los 100.000 euros, tendrá que abonar el 50% del precio de cada envase de medicamento.
  • Si las rentas anuales del pensionista superan los 100.000 euros, tendrá que abonar el 60% del precio de cada envase de medicamento.

2. Medicamentos incluidos:

  • No todos los medicamentos están incluidos en la prestación farmacéutica. Para saber si un medicamento concreto está cubierto, se debe consultar la lista de medicamentos financiados por la Seguridad Social, que está disponible en la página web del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es/profesionales/medicamentos.do) o en cualquier farmacia.

3. Medicamentos no incluidos:

  • Para los medicamentos no incluidos en la prestación farmacéutica, el pensionista tendrá que pagar el coste total del medicamento.

4. Excepciones:

  • Existen algunas excepciones a estas reglas, como por ejemplo en el caso de pensionistas con enfermedades crónicas o graves. Para más información sobre las excepciones, se recomienda consultar con la Seguridad Social o con un farmacéutico.

Recursos adicionales:


Espero que esta información haya sido útil para responder a tu pregunta.

Saludos.

Emilio.

#162

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Ostras no veas Emilio me dejas impactada !!!! Muchas gracias por la información tan concreta .... Te has dejado la pregunta del transporte público en Barcelona 🤣🤣🤣🤣.
Por cierto tú cómo estas que hace tiempo que no hablamos que paso con tu caso etc la.ultima vez fue cuando fuiste al tribunal si no recuerdo mal. Un abrazo
#163

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Yo no pago nada en l farmacia, de lo que está financiado claro, tengo 33 años hago el jueves...
#164

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Lo miraré  en mi seguridad social. Gracias 
#165

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

En respuesta a tu pregunta sobre el transporte público en Barcelona para pensionistas, te informo que:

Los pensionistas residentes en Barcelona pueden acceder a la Tarjeta Rosa. Esta tarjeta permite viajar de forma ilimitada en los servicios de transporte público de la ciudad, incluyendo el metro, los autobuses, el tranvía, el funicular de Montjuïc y los Rodalies de Catalunya dentro de la Zona 1.

Para obtener la Tarjeta Rosa, debes cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 65 años o tener una discapacidad igual o superior al 33% acreditada.
  • Estar empadronado/a en Barcelona.
  • No superar los límites de renta establecidos por el Ayuntamiento de Barcelona.

El coste de la Tarjeta Rosa es de 40 euros anuales.
Puedes solicitarla en cualquier oficina de atención al cliente de TMB, en las oficinas de Correos de Barcelona o a través del sitio web de TMB.

Además de la Tarjeta Rosa, existen otros descuentos para pensionistas en el transporte público de Barcelona. Puedes consultar toda la información sobre descuentos y beneficios para pensionistas en el sitio web del Ayuntamiento de Barcelona.

Respecto a tu pregunta sobre la paga doble:

La paga doble de los pensionistas en España se suele abonar en junio, coincidiendo con el mes de las pensiones extraordinarias. Sin embargo, la fecha exacta del pago puede variar en función de la entidad que gestiona la pensión.

Para saber la fecha exacta en la que recibirás la paga doble, te recomiendo consultar con tu entidad bancaria o con la Seguridad Social.

Espero que esta información haya sido útil para responder a tus preguntas. Un saludo!