Cálculo de Cotizaciones y Jubilación Tras la Pérdida de Incapacidad Permanente
La preocupación que ambos tenéis es válida y común entre las personas que han pasado o están pasando por una situación de Incapacidad Permanente (IP). Vamos a intentar desglosar el proceso y las normativas para aclarar cómo se computan los periodos cotizados y las lagunas en el caso de pérdida de IP.
1. Periodos Cotizados Durante la IP
Cuando una persona recibe una pensión de IP (total o absoluta), ese periodo se considera como cotizado a efectos de la jubilación. Esto significa que, aunque no se esté trabajando activamente, se acumulan cotizaciones como si se estuviera.
2. Revisión y Pérdida de la IP
Si después de unos años se revisa la situación y se pierde la condición de IP, los años durante los cuales se recibió la pensión de IP siguen contando como cotizados. Sin embargo, aquí es donde entran las lagunas de cotización, especialmente si hay periodos de tiempo sin cotizar antes o después de la IP.
3. Relleno de Lagunas de Cotización
Las "lagunas de cotización" son los periodos en los que no se ha cotizado. En el cálculo de la base reguladora para la pensión de jubilación, estas lagunas se rellenan de la siguiente manera:
- Los primeros 48 meses de lagunas se rellenan con la base mínima de cotización.
- A partir del mes 49, se rellenan con el 50% de la base mínima de cotización.
4. Edad Legal de Jubilación
La edad legal de jubilación puede variar según los años cotizados y la normativa vigente en el momento de la solicitud. Actualmente, si se tienen 38 años y 6 meses cotizados, la jubilación puede ser a los 65 años con el 100% de la base reguladora. Si no se alcanzan esos años cotizados, la edad de jubilación se puede retrasar hasta los 67 años.
5. Ejemplos Prácticos
Ejemplo 1: Pérdida de IP a los 60 años
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Situación: IP a los 55 años con 30 años cotizados. Revisión a los 60 años y se pierde la IP.
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Cotizaciones: 30 años cotizados + 5 años de IP = 35 años cotizados.
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Requisito para Jubilación Completa: Faltan 3,5 años de cotización.
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Solución: Cotizar 3,5 años adicionales (por ejemplo, a través del subsidio para mayores de 52 años) para alcanzar los 38,5 años cotizados y poder jubilarse a los 65 años con el 100%.
Ejemplo 2: Mantener la IP hasta los 65 años
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Situación: IP a los 55 años con 30 años cotizados. La IP se mantiene hasta los 65 años.
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Cotizaciones: 30 años cotizados + 10 años de IP = 40 años cotizados.
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Resultado: Jubilación a los 65 años con el 100% de la base reguladora.
6. Consultas y Confirmación
Para asegurar que tu situación particular se maneja correctamente, es recomendable:
- Consultar con un abogado especializado en Seguridad Social.
- Revisar la normativa vigente en la Ley General de la Seguridad Social.
- Contactar con la Seguridad Social para aclarar cualquier duda específica sobre tus cotizaciones y el cálculo de tu jubilación.
Conclusión
Es crucial entender cómo se computan los periodos de cotización y cómo se manejan las lagunas para planificar adecuadamente tu jubilación. La normativa puede ser compleja, y cada caso puede tener particularidades específicas, por lo que buscar asesoramiento legal especializado es siempre una buena opción.