Argchi06
29/04/24 19:51
Ha respondido al tema Fiscalidad en suscripciones directas con el tesoro. - Letras del Tesoro
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Hola, inversores. Siguiendo con el tema, he investigado un poquito más y parece que todos llevamos un poco de razón. Sí se pueden descontar las comisiones por transferencia cuando amortizas las Letras, pero no como gasto deducible, sino minorando el rendimiento. Os dejo aquí una referencia de prensa:https://www.eleconomista.es/declaracion-renta/noticias/12782537/04/24/si-compraste-letras-con-el-banco-de-espana-revisa-el-borrador-de-la-renta-puedes-dejar-escapar-parte-de-la-rentabilidad-obtenida.html Eso sí, el que las haya metido como gasto deducible en la ventanita que te sale al principio, me temo que no lo va a poder cambiar, a no ser que cancele la declaración y empiece de nuevo. En el artículo que acabo de enlazar se dice que la comisión se debe incrementar en el precio de adquisición (no minorar en el de reembolso). En cualquier caso, da lo mismo. Cuando editas la casilla 0030, si has aceptado los datos de las Letras cuando te lo pregunta al principio, sólo tienes una cifra, que es la suma de los rendimientos percibidos en el año. Así que la solución es sumar las comisiones pagadas en los respectivos reembolsos y restar lo que te salga del total de rendimientos. Yo acabo de hacerlo. Si has metido reembolso a reembolso, tendrás varios registros y te tocará actualizar cada uno de ellos.... Si alguien se pregunta qué pasa con las reinversiones, pues es lo mismo que con las amortizaciones. Te cobran comisión por la cantidad que te devuelven. En mi caso, en 2023 he tenido 3 reembolsos, dos por reinversión y uno por venta total. En los dos primeros las comisiones fueron 0,95 y 0,90 euros. En el tercero, 73,50€. Pues he sumado esas tres cantidades, el resultado se lo he restado al rendimiento total que tenía en la casilla 0030 y lo que me sale es lo que he dejado finalmente en dicha casilla.Salud e ingresos.