Si se supone que os han hecho un canje de obligaciones en acciónes con la pérdida de la totalidad, en mi opinión tendréis un rendimiento de capital mobiliario negativo.
Ese rendimiento, se compensa con otros positivos de intereses de depósitos, de dividendos, de cupones de bonos...
En el año 2017, si después de las compensaciones anteriores te queda un rendimiento negativo, lo puedes compensar con las ganancias por transmisión de elementos patrimoniales (venta de acciones, de fondos de inversión de inmuebles...), hasta un límite del 20% de este saldo.
Lo que que te quede por compensar, lo podrás hacer en los cuatro ejercicios siguientes.
Y ese límite de saldo del 20%, se aumenta al 25% para los ejercicios del año 2018 y siguientes.
Un saludo.
Digo yo que dependerá también de los importes que se hayan invertido.
Seguramente Iker Casillas no se acogerá al "amistoso acuerdo" por diversos motivos. Pero un inversor que compró 500 acciones, sí.
Un saludo.