Te contesto, Paramés es ahora gestor de Cobas, que por cierto, va fatal , dejó Bestinver creo que por 2014 y los fondos, nacionales o internacionales, sólo tienen repercusión para hacienda si los vendes.
No lo veo tan claro como tú.Estuve en Bestinver hasta que se fue Paramés con importantes beneficios, volví con De la Lastra y antes de que se fuera salí con pérdidas importantes. Mira la estadística de beneficios desde que se fue Paramés hasta ahora, puede que no sean tan alentadores las cifras.Como se comportará Bestinver con el nuevo gestor es una incognita y creo que más que nunca se puede aplicar la frase de: ganancias pasadas no garantizan el comportamiento futuro.
Yo tengo el CABK RV Internacional (N1767) con Openbank.Da la casualidad que tenía PP Bestinver Internacional, fatal, lo pasé al Bestinver Ahorro hasta que encontrara un sustituto y encontré el CABK que te comenté, sin comparación con los Bestinver, Tengo también el PP BBVA Telecomunicaciones (N1793), también muy contento.
Tampoco te preocupes por la inactividad inversora, si lo hubieras hecho te podría haber salido mal , perder dinero, o bien, ganar dinero, pero con lo que ganaras te aseguro que ibas a tener que ir a trabajar todos los días como siempre, como mucho te daría para pagar unas cenitas y poco más. Nadie invirtiendo en la cantidad que dices se hace rico y estás tranquilo con el dinero disponible en el banco y si te hace falta lo sacas de inmediato.Tampoco te preocupa si el gestor invierte bien, mal o regular, duermes tranquilo todas las noches.Y la inflación ahora mismo hasta creo que está en negativo, jajaja, así que...........
El fondo que ha heredado pasa a su nombre, cuando esté materializado lo traspasa a otro que tenga, si tiene y quiere , lo mantiene o lo vende.Pero de abrir otro fondo para traspasarlo, eso, pues no te pueden obligar.
Saabes que si tienes aportaciones anteriores a 2007 les puedes aplicar una reducción del 40%, la gestora especifica que cantidad es anterior y cual posterior a esa fecha. Las sumas, lo que te de se lo sumas a tus ingresos y esa es la cantidad por la que tendrás que tributar al % que marquen las tablas según los tramos en que te encuadres.Vamos como si a tus ingresos anuales le sumaras una paga extra.
Por qué no lo haces al revés?Abres una cuenta a tu nombre e ingresas el importe de la venta en ella?.Es lo más sencillo y no das pie a interpretaciones.
Te refieres a aportaciones anteriores a 2007, no?Lo digo porque escribes 2017, quizás te referías a 2007, que son las aportaciones que se pueden aplicar la deducción del 40%.Yo lo que haría es hacer un supuesto fiscal en la web de la agencia tributaria para 2020 y 2021 y ver como puedes optimizar el rescate.También dependerá de tus necesidades.
Yo tuve hasta principios de este año el Plan Ahorro Garantía Mutua, era un producto donde tenías un interés fijo garantizado al que tenías que sumar la participación en beneficios de la Mutua y restarle los gastos.Para 2020 es: 0,59% TAE + participación en Beneficios - comisión 0,95%.Como ves podía hasta perder dinero o en el mejor de los casos obtener una ganancia pequeñísima.En que invertía no era relevante pues independientemente de lo que fuera la ganancia era la misma, pero ya te lo puedes imaginar cuando se aseguran un 0,59% .Ya no se puede contratar fue sustituido por otro producto quizás el que tú mencionas, no se si funcionamiento es parecido.Ahh, tenía una penalización por rescate antes de los 2 primeros años del 2%.