Ok. Me surge una duda que no se si puedes responderme, es si el fallecido teniendo la oportunidad de rescatar las aportaciones anteriores a 2007 no lo ha hecho, le ha pasado el plazo para hacerlo y practicar la reducción del 40% para dejar el PP en herencia, el heredero puede practicar esa deducción a las aportaciones anteriores al 2007 cuando lo rescate.Gracias.
Yo tengo actualmente el BBVA Telecomunicaciones y el CABK Renta variable Internacional y muy contento. También el BBVA Renta Fija Internacional para hacer los traspasos al Teleco rápido y el Fonditel monetario para replegar posiciones y volver a entrar en bajadas.El CABK lo tengo en Openbank porque no soy cliente de Caixabank y no quiero tener cuenta con ellos por las comisiones,Echale un vistazo si quieres al C.I. Multigestión ( N3539) y al GCO Pensiones Renta Variable (N1860), tampoco van nada mal.
Me refiero a que si cobras el subsidio de desempleo y rescatas el plan tributas por la suma de los dos .Si terminas el subsidio y y rescatas el plan, pues, si controlas el rescate, no tributas.Quiero decir que interesa rescatarlo cuando no hay que tributar por ello.
Pues yo creo que con los PP que se comercializan actualmente (muy pocos y con más bajas rentabilidades en relación con fondos de inversión que invierten en sus mismos índices) y con la edad de 27 años, si lo que se busca es la IF basada en los rendimientos acumulados pues, sin duda, ese 37% de devolución es fácilmente y sobradamente superado con la inversión en fondos de inversión ( con un enorme abanico de elección en todo tipo de índices, sectores...con menores comisiones y mayores rentabilidades anuales) en ese plazo 25 años.Distinto sería para ir paliando situaciones de paro de superiores al cobro de desempleo, aqui si que sería interesante su inversión pero si en 10 años no contemplo esa posibilidad tampoco invertiría en esta opción.