Tampoco conocía eso en las viviendas.Si no recuerdo mal, la Ley de la Vivienda dice que si dejas el alquiler antes de lo estipulado en el contrato tienes que pagar una indemnización al propietario en función del tiempo que falte para terminar el contrato, vamos, que está legislado.En las viviendas turísticas se está a lo que decidan las partes en contrato y los contratos los regula el código civil que no recuerdo que diga lo que escribiste.Por eso mi curiosidad.
Puedes pedir un poder notarial para representarte en ese acto a nombre de alguien de tu confianza que vaya a sustituirte en la firma.No es caro, como el burofax.Has firmado un contrato que obliga a las dos partes a cumplirlo.
Pues va a depender de lo que quiera hacer la compañía, darte de baja o reclamarte judicialmente el pago de la póliza.Pero tu agente es el que tiene que resolverte eso, para eso le pagas, es triste que tengas que estar preguntando tus dudas, temores cuando debería ser todo lo contrario, tendrías que estar tranquilo e informado con claridad de la situación en que te encuentras.
Si filtra agua de la bañera y eres alquilado quien tiene que dar parte a su seguro es el propietario de la vivienda.Tu , si tienes seguro que lo cubra puedes hacerlo, yo, en tu lugar procedería como te dije antes y si el vecino protesta , que lo haga al dueño. El piso no es tuyo.
Es que es más fácil hacer un agujero en la escayola del techo del baño para ver donde está la pérdida que levantar , en tu caso no se si el wc o el baño, si es el primero, aún se contemplaría pero si es el baño, ya es más obra.El restaurar la escayola es una obra de poca importancia.
Pero si la quieres tranquilizar como le vas a decir que la van a enjuiciar y encima crees que la van a condenar tendrás que decirle que han retirado los cargos y que a ver si quedais a cenar para celebrarlo.
Se supone que el accidente lo has provocado tu, por eso te denuncian a ti y a la compañía aseguradora porque la contrataste para que respondiera, entre otras cosas, económicamente de los siniestros que pudieras provocar a terceros.Si no hay tema de drogas o alcohol será la compañía la que indemnice en su totalidad al perjudicado en caso de que seas declarado culpable.