Cachilipox
23/12/23 09:46
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Reforma de los Subsidios. Recorte en el Subsidio de mayores de 52.
Hay una leve mejora en el computo de rentas para el nuevo subsidio.(Nuevos redactados art. 274 y 275 de la LGSS)En el caso de alegar cargas familiares, es criterio alternativo a la carencia de rentas.Se entiende que existen cargas familiares si el conjunto de familia conviviente no obtiene de promedio una renta del 75 % del SMI.Antes, si algún integrante superaba ese umbral, quedaba excluido de cómputo. Ahora se mantendrán todas las personas.Ejemplo: Hasta ahora (subsidios viejos), tu conviviente gana 1.300 €, no entra en el cómputo de carga familiar.Subsidios nuevos: Aunque tu conviviente gane 1.300 €, si tú no tienes ninguna renta, entre ambos dos son 650 €, inferior al 75 % del SMI. Hay carga familiar.Ejemplo:Menor de 45 años, agota prestación. Tiene una renta propia de un piso alquilado, por 900 €. Esta persona NO cumple el criterio de carencia de rentas.Pero convive con otra persona, que tiene un trabajo a tiempo parcial, y gana 600 €.Ambos ingresos juntos resulta un promedio de 750 € por cabeza, inferior al 75 % del SMI.Por tanto, esta persona menor de 45 años al finalizar su prestación tiene acceso al subsidio (en su plazo máximo) por tener cargas familiares.