https://sedeelectronica.bde.es/sede/es/menu/tramites/reclamaciones-y-/reclamaciones-transparencia-buenas-practicas-p104.htmlNo pierdas tu tiempo poniendo una reclamación ante el Banco de España, no tiene competencias en materia de cláusulas abusivas.La demanda judicial solamente es viable si el importe a reclamar es alto.
Por lo que he leído y entendido teniendo en cuenta que soy un usuario con escasos conocimientos jurídicos, con la nueva ley LEC, se introduce el "procedimiento testigo" y en este caso no hay condena en costas ya que cada parte asume las suyas, esto solo beneficia a las grandes empresas y está provocando situaciones como la que describe este usuario en un foro:
En unos días te podré contar mi experiencia personal, voy a demandar al banco en un juicio verbal sin abogado y procurador, por lo que he leído en internet los funcionarios de justicia no están muy conformes con la aplicación de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil.
En la respuesta del Banco Santander tienes una magnifica prueba para aportar en la demanda judicial, demostrando la mala fe por parte del banco y asegurando la condena a pagar las costas.Te paso varios párrafos que contiene una sentencia del Tribunal supremo del 2024, la contestación del banco es una falsedad:
Haz la demanda verbal a través de https://sedejudicial.justicia.es/-/presentacion-de-escritos con tu clave pin o certificado digital.En tu caso si no has reclamado anteriormente no hay prescripción, ya que la última sentencia del tribunal europeo dice que esta comienza a partir desde el momento que el ciudadano tiene conocimiento de la nulidad de las clausulas, la demanda no te costaría nada.
Gracias por tu respuesta, mi duda es si tenemos opción a reclamar judicialmente los gastos hipotecarios a los bancos que por sistema dicen que NO en el procedimiento extrajudicial.No soy abogado, con la nueva ley LEC que entró en vigor el 21 de marzo 2024 los ciudadanos podemos interponer una demanda online sin incurrir en gastos de abogados y procurador.Tengo claro que por cantidad si esta es menor de 2000€ (la mayoría de las reclamaciones serian por un importe menor) tenemos derecho a juicio verbal, solicitando la demanda de manera online. Lo que no tengo claro que tengamos derecho a ese procedimiento por el tipo de materia que se se reclama.Agradezco cualquier información aportada por un jurista.
En caso afirmativo se podría presentar la reclamación judicial de manera online a través de la Sede Judicial Electrónica sin necesidad de pisar un juzgado:
Alguien con formación jurídica puede confirmar si se puede poner reclamación judicial sin necesidad de abogado y procurador, para reclamaciones inferiores a 2.000€ de los gastos hipoteca. Gracias.