Elfara2009
09/04/24 00:14
Ha respondido al tema Liquidación atemporal del impuesto de las pensiones de jubilación recibidas de Alemania. - doble imposición
Ir a respuesta
Después de descontarme el importe solicitado en concepto de impuestos satisfechos en Alemania, en una resolución provisional hasta que pudiera aportar el justificante de pago a Alemania, la AEAT me líquidó hace dos semana la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio del 2022Por otra parte, el viernes pasado me llegó finalmente la comunicación de Alemania en la que me comunicaban la cantidad que debía transferir a la Agencia Triburia alemana y, mira por dónde, el importe coincide exactamente con el solicitado por mi en España cuando tramité la declaración de 2023, de manera que como todavía no ha transcurrido un mes desde que se me comunicara la resolución, he formulado una reclamación aportando copia de la transferencia y escrito de Alemania por lo que, en principio, no debería haber ningún problema para que la AEAT pueda proceder a corregir la resolución y al abono del importe satisfecho a Alemania.Mientras esto ocurre, me gustaría plantear algunos interrogantes para la reflexión y denuncia pública:Si resulta posible calcular el impuesto exacto que se ha de abonar a la AEAT alemana (cantidad bruta recibida durante el ejercicio fiscal multiplicado por 0,05), ¿por qué se obliga a los contribuyentes y a los propios funcionarios de AEAT a realizar una doble gestión cuando esta última puede establecer una rutina de control automatizado que al cabo de 2 años verifique si existe alguna desviación entre lo solicitado y los datos obtenido en los intercambiados entre las Agencias Triburias? Durante la pandemia se inició una campaña para forzar a los bancos a facilitar las gestiones bancarias a los ancianos por los problemas que el cambio tecnológico les está causando. Pues bien, añadese al problema la necesidad de tener que gestionar cada año una doble tramitación tributaria cuando ya muchos tienen difultades para realizar la primera y, a la vez, tener que explicar a los funcionarios de la AEAT cómo funciona el sistema de liquidación tributaria en cada país cuando la mayoría de los afectados no saben o pueden comunicarse ni con las Agencias Tributarias de los respectivos países. ¿Se puede obligar por sistema a un colectivo a tener que tramitar dos veces al año su declaración de IRPF y tener que incurrir en gastos de gestoraria y traducción de documentos por el simple hecho de haber sido emigrante y haber estado aportando divisas a España en los años más críticos? ¿Qué ocurrirá u ocurre ya con las personas dependientes que no se pueden valer por sí mismo? Si los impuestos tienen como objetivo garantizar los servicios públicos destinados a los ciudadanos, en este caso no parece que éstos tengan esta finalidad sino más bien la contraria: El pago de impuestos a Alemania por parte de los emigrantes retornados no otorga ningún derecho en aquel país ni prestaciones sociales, somos simples contribuyentes sin derechos en Alemania como contribuyente.Si España sólo tiene como objetivo evitar la doble imposición, ¿a cuenta de qué el afán de imponernos esta carga si a España no le reporta ningún beneficio y Alemania ya de por sí confisca las pensiones que no les transfieren el impuesto demandado? No entiendo qué sentido tiene que España me devuelva lo que yo pago a Alemania si no es quizás porque exista un plan maquiavelico que parte del supuesto de que, como les va a resultar muy complicado a los afectados gestionar la segunda y verdadera solicitud de devolución, éstos solo se van a limitar a declarar lo percibido en el extranjero pero no van reclamar la devolución para evitar la doble imposición, de manera que así ambos países sacan cacho de los más débiles.Un funcionario/a de la AEAT me comentó:No parece que preocupe a los emigrantes retornados porque en esta zona hay numerosos contribuyentes como Vd. y nadie reclama, Vd. es una excepción. Por otro lado, un miembro de una asociación de emigrantes de Andalucía me comentó que "El problema, es que dependiendo del caso, Hacienda unas veces devuelve el importe íntegro, otras parcial y muchas veces nada" ¡Ahí lo dejo!