Lo siento pero no tienes razón.... los seguros no funcionan así. Gracias a que hay mucha gente que paga y no tiene siniestros, las aseguradoras atienden y pagan los siniestros de otros que sí lo han tenido. Si todo el mundo tuviese siniestros, los seguros serían caros no, caríiiiiisimos.Piensa cuánto pagas de seguro y cuánto cuesta pintar un coche, reparar uno faro, etc., etc. Con lo que pagas un año no daría ni para una reparación media.
Si tu seguro es de 100 y tienes que indemnizar 400 ¿de dónde crees que va a salir? Pues está claro que de tu propio patrimonio. Lo que es imprescindible en una reforma de ese tipo no es sólo el seguro, sino también todas las licencias necesarias y requeridas. Es más que probable que cualquier vecino proteste y, si acude la policía local, es lo primero que te van a pedir.
Son pocas, yo ni siquiera conozco alguna, que te asegure un ciclomotor contra robo. No obstante, para tu información, en el caso de las motos la gran mayoría de compañías que cubren el robo solo lo hacen por robo de la moto completa y suele ser con franquicia. Es decir, no cubren el robo de piezas de la moto.
Yo creo, pero puedo estar equivocado, que estás confundiendo y ampliando el término de Responsabilidad Civil entre coopropietarios. Entiendo que si el seguro es de la comunidad, el origen del daño deber ser de la propia comunidad pero no ampara cuando dicho origen esté en un bien privativo tuyo (por ejemplo, el grifo). Esa RC entre coopropietarios lo que garantiza es que un daño ocasionado por una tubería cubre a otro propietario ya que, de no existir esa cláusula, se podría llegar a excluir, total o parcialmente, al ser el perjudicado dueño de una parte de esa tubería (dicho así para entendernos).
Sin duda. La ley es clara y lo que él te ha indicado no está establecido en la misma. Respecto a lo de devolverte el dinero o usarlo para la otra póliza, como ya te han dicho, es muy pero que muy poco frecuente. Esa diferencia de prima que te guardarán durante un tiempo sería para la contratación de un nuevo seguro.Además, me suena super raro, salvo que yo haya interpretado mal, eso que dices que el recibo lo ha pagado la propia gestoría. De ser así, huele a que es un poco "pirata".
Una matización a lo que dices.... es culpa del A porque inicia la marcha pero NO porque esté parado con los intermitentes puestos. Si ambos conductores hubiesen reconocido que el A estaba parado en ese momento, aunque estuviese en mitad de la carretera, sería culpa del B.Es decir el matiz de la culpabilidad está en el hecho de iniciar la marcha.
Culpa del coche A pues se encontraba parado e inicia la marcha. En principio la culpabilidad es esa pero dependerá de lo que se haya recogido y marcado en el parte amistoso si se hizo. Si no se hizo y existen versiones contradictorias, será lo que recoja el atestado que indicas que existe.
¿Puedes exponer qué tipo de siniestro ocurrió y que es lo que reclamas y dice la aseguradora? Te lo pregunto porque la DGSFP solo va a intervenir en caso que se trata de un tema que vaya en contra de la ley o del contrato pero no en un mal servicio o una interpretación respecto al siniestro o su tramitación. En estos casos la DGSFP te indicará que vayas a los procedimientos habituales de atención al cliente.Por cierto, ¿has llegado a presentar la reclamación ante el Defensor del Asegurado de la compañía? No tiene nada que ver con la posible reclamación a la propia compañía.
Laura, no le des más vueltas.... traslada todo a tu seguro... la defensa penal la harán sí o sí porque ellos deben asumir la responsabilidad civil y la defensa penal también la harán por su cobertura de Defensa Penal. Si no hay agravantes por alcohol, drogas, etc., la cosa no será excsivamente grave pero hay que esperar a ver qué tipo de imprudencia se le acusa.... yo creo que, por lo que dices, "investigada por un DELITO..." en principio irá tanto por lo penal como por lo civil.