Las pérdidas y ganancias patrimoniales se compensan entre sí al 100%. El año que viene tendrás que declarar 60.000 euros de plusvalía.Lo que dices del 25% se produce cuando no hay ganancias patrimoniales con las que compensar las pérdidas y Hacienda te permite compensar hasta el 25% de esas pérdidas con los rendimientos de capital mobiliarios (intereses, dividendos, etc...)
El D6 ya no hay que hacerlo. Si tienes más de 50.000 euros en acciones en brokers extranjeros o más de 50.000 euros en una cuenta extranjera tendrías que hacer el modelo 720
Renunciar a la herencia en favor de otra persona implica que primero se acepta la herencia e inmediatamente se donan los bienes a esa tercera persona. Es decir, que tu padre tendría que pagar impuesto de sucesiones y tu tendrías que pagar por la donación de la casa. No sé si ya lo habéis hecho, pero si no se es muy experto es conveniente consultar a un profesional que os pueda aconsejar qué es lo mejor fiscalmente para lo que queréis hacer.
El patrimonio no aumenta por comprar una casa. Lo hará si decides venderla en el futuro y si el precio de venta es superior al de la compra. Entonces será cuando tengas que declarar esos posibles beneficios en el IRPF. Pero ahora por la compra no tienes que declarar nada.
No sé como lo harán en ese caso, y yo creo que Hacienda tampoco lo sabe. De todos modos, supongo que cuando se inicie el periodo para la presentación irán dando más información y se irán aclarando las dudas. Hasta el 31 de marzo queda tiempo.