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Participaciones del usuario Gorejo - Fiscalidad

Gorejo 25/05/21 23:04
Ha respondido al tema Número de días a disposición del Contribuyente
No, no es así.El problema viene de aquí, y cito tu post anterior: "Eso es, está a disposición de sus propietarios, pero en la práctica sucede que no está a disposición de los dos. Uno de ellos la utiliza como vivienda habitual. Pero no vive en el 50 % de cada baldosa sino en el  100 % todo el año, luego libera al otro propietario por ser un bien indivisible. El otro propietario ya no dispone del 50 %, aunque podría vivir ahí y utilizar el 100 %. Pero prefiere vivir en otra vivienda que constituye su vivienda habitual"Cuando Hacienda introduce el concepto de "a disposición de sus titulares" no distingue entre teoría y práctica. No distingue entre que la casa esté vacía u ocupada. A disposición significa que la casa no genera rentas por alquiler o por actividad económica. Lo que Hacienda grava con estas rentas imputadas es la mera posesión del inmueble. Que uno de los propietarios haga uso de esa vivienda no libera de nada al resto. Siguen teniendo su porcentaje de posesión y sigue estando a su disposición  (De hecho, cuando se cumplimenta el IRPF el concepto bajo el que tienen que incluirlo es "a disposición de sus titulares") Las declaraciones de la renta son individuales. Que uno de los propietarios no tenga imputación de rentas por ser su vivienda individual no afecta al resto. Solo deja de pagar su porcentaje de rentas. El resto de propietarios tiene que seguir pagando su porcentaje de rentas porque ese inmueble no es su vivienda habitual.No es una cuestión de sentido común o lógica. Es el criterio de hacienda. Tampoco es de sentido común que haya que tributar por los dividendos, por ejemplo; pero es lo que hay.
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Gorejo 25/05/21 01:54
Ha respondido al tema Número de días a disposición del Contribuyente
El hecho de que para poder hacer la declaración de la forma en la que dices tengas que "trampear" poniendo 0,01 días ya es una pista para saber que algo no está bien. "Si uno de los propietarios utiliza el inmueble como vivienda habitual no tendrá que incluir la imputación de rentas en su declaración. Pero sí deberán hacerlo el resto de copropietarios para los que el inmueble no constituye su vivienda habitual. "Cita sacada de aquí: Así se declaran en el IRPF los rendimientos de una vivienda que tiene varios propietarios — idealista/news  "EjemploInmueble propiedad de 2 hermanos. Uno de ellos vive en él.Para ese hermano será su vivienda habitual y no tendrá que tributar por ella. El otro deberá imputar renta por la mitad que le pertenece. Aunque no esté a su disposición, Hacienda considera que debe tributar porque tiene la oportunidad de obtener rendimientos por él en lugar de cedérselo al hermano. "Tomado de aquí: Imputación de rentas inmobiliarias - jraeconomistas Para hacienda cualquier inmueble que no sea vivienda habitual genera una renta. Si está alquilado o afecto a una actividad comercial esa renta se obtiene de los beneficios. En caso contrario se considera que está a disposición de sus titulares y se le imputa una renta. El hecho de que ese inmueble esté ocupado por alguien (sin alquiler) no implica que deje de estar a disposición de sus titulares.Que alguien ocupe el 100% de la vivienda y sea su vivienda habitual no implica que los distintos propietarios dejen de ser parcialmente propietarios, y por tanto se les impute una renta por su porcentaje de propiedad.
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Gorejo 24/05/21 03:53
Ha respondido al tema Número de días a disposición del Contribuyente
No, no es así.La persona que vive en el piso no pagará nada por ser su vivienda habitual. Pero el otro hermano deberá imputar renta por el 25% por tener la vivienda a su disposición 365 días.A hacienda le da igual que viva una persona, siete familiares, o esté vacía. Mientras no esté alquilada, la vivienda está "a disposición de sus propietarios".
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Gorejo 17/05/21 02:37
Ha respondido al tema Renta a Familiares
Sí, es normal. Cuando se alquila a un familiar se establece un mínimo en la imputación de rentas equivalente al 1,1% del valor catastral (o 2% si no ha sido revisado).Aunque hayas tenido más gastos que ingresos la imputación no puede ser menor a ese mínimo.
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Gorejo 14/05/21 01:58
Ha respondido al tema IRPF Prevenir declaración renta 2022
Yo no me agobiaría mucho por este "problema". Ojala mi empresa me retuviera el 0%. Si eres una persona disciplinada tú misma puedes hacerte tu propia retención. Cada mes calcula el 8% de lo que has cobrado y esa cantidad la separas y la guardas. Cuando te toque hacer la declaración del 2021 usas ese dinero para pagar a Hacienda.Y en cuanto a los que dicen que no compensa trabajar festivos, ni caso. Da igual que hayas tenido uno o cuatro pagadores. Lo que te va a quitar hacienda por esos festivos es lo mismo que por las horas normales. Sí que te quitará más si tus rentas del trabajo superan una determinada cantidad y pasas al siguiente tramo impositivo, pero la diferencia no es muy grande y para rentas no muy altas siempre compensa.
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