Gorejo
25/05/21 23:04
Ha respondido al tema Número de días a disposición del Contribuyente
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No, no es así.El problema viene de aquí, y cito tu post anterior: "Eso es, está a disposición de sus propietarios, pero en la práctica sucede que no está a disposición de los dos. Uno de ellos la utiliza como vivienda habitual. Pero no vive en el 50 % de cada baldosa sino en el 100 % todo el año, luego libera al otro propietario por ser un bien indivisible. El otro propietario ya no dispone del 50 %, aunque podría vivir ahí y utilizar el 100 %. Pero prefiere vivir en otra vivienda que constituye su vivienda habitual"Cuando Hacienda introduce el concepto de "a disposición de sus titulares" no distingue entre teoría y práctica. No distingue entre que la casa esté vacía u ocupada. A disposición significa que la casa no genera rentas por alquiler o por actividad económica. Lo que Hacienda grava con estas rentas imputadas es la mera posesión del inmueble. Que uno de los propietarios haga uso de esa vivienda no libera de nada al resto. Siguen teniendo su porcentaje de posesión y sigue estando a su disposición (De hecho, cuando se cumplimenta el IRPF el concepto bajo el que tienen que incluirlo es "a disposición de sus titulares") Las declaraciones de la renta son individuales. Que uno de los propietarios no tenga imputación de rentas por ser su vivienda individual no afecta al resto. Solo deja de pagar su porcentaje de rentas. El resto de propietarios tiene que seguir pagando su porcentaje de rentas porque ese inmueble no es su vivienda habitual.No es una cuestión de sentido común o lógica. Es el criterio de hacienda. Tampoco es de sentido común que haya que tributar por los dividendos, por ejemplo; pero es lo que hay.